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Servel publica nómina con vocales y mesas de votación

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16/04/2023

Ya están disponibles los datos electorales actualizados de cara a las elecciones para el Consejo Constitucional. Este 7 de mayo de 2023 se llevarán a cabo los comicios para definir los integrantes del órgano que se encargará de redactar la nueva propuesta de Constitución.  

A poco menos de un mes, la madrugada de este sábado se publicó el listado de locales de votación y de vocales de mesa para el día de los comicios.

Desde el Servicio Electoral han hecho un llamado a revisar los datos personales y si fueron designados como vocal de mesa para el domingo 7 de mayo.

Recordemos que en la elección anterior el Servel integró el mecanismo para privilegiar locales de votación cercanos al domicilio de los votantes, lo que se ve reflejado nuevamente en estos comicios.  

¿Qué causales hay para excusarse de ser vocal de mesa?

Según explica el Servicio Electoral (Servel), todas las personas mayores de 60 años se pueden excusar de ser vocal de mesa.

También lo pueden hacer las mujeres embarazadas, las madres o padres de hijos menores de dos años y las personas que se desempeñen como como cuidadoras o cuidadores de adultos mayores o personas con necesidades especiales y quienes se desempeñen en los establecimientos de larga estadía para adultos mayores (Eleam).

¿Quiénes más?

  • Estar el vocal comprendido entre las causales de inhabilidad contempladas en el artículo 45 de la Ley N° 18.700 o haber sido designado miembro del Colegio Escrutador. 
  • Estar ausente del país o radicado en alguna localidad distante más de 300 kilómetros o con la que no haya comunicaciones expeditas, hecho que calificará la Junta Electoral respectiva. 
  • Tener que desempeñar en los mismos días y horas de funcionamiento de las mesas, otras funciones que encomiende la Ley N° 18.700. 
  • Estar física o mentalmente imposibilitado de ejercer la función, circunstancia que deberá ser acreditada con certificado médico. 
  • Cumplir labores en establecimientos hospitalarios en los mismos días en que funcionen las Mesas Receptoras de Sufragios, lo que deberá acreditarse mediante certificado del director del respectivo establecimiento de salud.

 

 CONSULTA.SERVEL.CL

Publican nómina definitiva para elecciones de noviembre, revisa online

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06/11/2021

Este sábado 6 de noviembre el Servicio Electoral (Servel) publicó la nómina definitiva de vocales de mesa designados por las Juntas Electorales para desempeñarse en los comicios generales de noviembre.

La nómina se publica una semana después de que se difundiera el primer listado de vocales de mesa, quienes tuvieron hasta el jueves 4 de noviembre para excusarse y así no arriesgar multas por no realizar esta labor cívica.
Dónde reviso si soy vocal de mesa

Para saber si eres vocal de mese debes ingresar al portal habilitado por el Servicio
Electoral: consulta.servel.cl o a través de este link.
 
¿Puedo excusarme para no ser vocal de mesa?

A diferencia de la semana pasada, esta nómina de vocales es definitiva, por lo que la legislación no permite excusarse, por lo que las personas deberán ser vocales de mesa o se arriesgan a una multa que va desde 2 a 8 UTM, equivalentes a $105.000 a $ 422.000 aproximadamente. 
 
¿Me pagan por ser vocal de mesa?

Los vocales de mesa que participen ejerciendo su función el día de la elección recibirán un bono equivalente a 2/3 U.F: $20.000 aproximado y un adicional de $ 6.900, en el caso de los Vocales capacitados presencialmente por primera vez.

 

Vocal de mesa: Revisa si recibiste el bono por cumplir la labor

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01/01/2021


El pasado miércoles, la Tesorería General de la República comenzó el proceso de pago para quienes fueron vocales de mesa en las Elecciones Primarias de Gobernadores Regionales y de Alcaldes, realizadas el 29 de noviembre.

Recordemos que este bono fue establecido en la Ley N°20.568, publicada en el Diario Oficial el 31 de enero del 2012, con las modificaciones incorporadas a la Ley N°18.700, de 1988 del Ministerio del Interior.

El beneficio que se establece en la Ley Orgánica Constitucional, corresponde a dos tercios de la Unidad Fomento (UF), es decir unos $19.331 aproximadamente.

De ese modo, el dinero es pagado a través de un cheque nominativo enviado al domicilio de la persona o depositado en la cuenta bancaria indicada por el vocal de mesa.

Revisa aqui el beneficio

 

Revisa si eres vocal de mesa en las primarias de alcaldes y gobernadores 2020

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07/11/2020

Este sábado el Servicio Electoral (Servel) publicó la nómina de vocales de mesa para las Elecciones Primarias de gobernadores regionales y alcaldes del 29 de noviembre.

Lo anterior es un antesala, ya que el 11 de abril del próximo año se elegirán alcaldes y concejales. Además, por primera vez se podrá votar por los gobernadores regionales. 

Además de los vocales de mesa, también se publicaron este sábado las mesas y locales de votación.

CONSULTA AQUÍ

Plebiscito 2020: Todo sobre los vocales de mesa

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16/10/2020

La nómina con los 33.359 vocales reemplazantes para este 25 de octubre fue publicada el sábado 10 de octubre.

Un 15% de los vocales para este Plebiscito Nacional fueron reemplazados, luego que las Juntas Electorales resolvieran las excusas presentadas por quienes habían sido sorteados en primera instancia para dicha función. Cabe destacar que en conformidad con los artículos 44, 50 y 51 de la Ley Nº 18.700, las Juntas Electorales realizan esta designación y evaluación de las excusas de forma autónoma, sin ser parte de este proceso Servel.

Quienes fueron designados vocales reemplazantes en esta última instancia no podrán excusarse. La ley indica que, si no pueden cumplir con la obligación de vocal de mesa, deberán justificar su inasistencia ante el Juzgado de Policía Local cuando sean notificados, con los documentos que acrediten su situación. Las personas que no concurran a desempeñar sus funciones incurren en una infracción electoral, que puede ser sancionada con una multa a beneficio municipal que va desde 2 a 8 U.T.M, artículo 151 de la Ley Nº 18.700.

Este procedimiento es de competencia de los Juzgados de Policía Local, no siendo parte de las facultades de Servel realizar indicaciones al respecto.

Servel publica nomina de vocales de mesa para el plebiscito

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03/10/2020

Este sábado, el Servicio Electoral dio a conocer la nómina de los vocales de mesa para el plebiscito del próximo 25 de octubre, día en que se decidirá si Chile tendrá o no una nueva Constitución, mediante las opciones Apruebo o Rechazo.

De esta forma, la junta electoral designó a las personas que deben cumplir este rol de forma obligatoria, pero que todavía pueden excusarse bajo algunos de los argumentos establecidos por el Servel.

El tener 60 años o más es una de las causales para ausentarse de este deber cívico. En el caso de las mujeres, podrán presentar sus excusas quienes estén embarazadas con al menos a 6 semanas o quienes hayan sido madres hasta 24 semanas después del parto. En ambos casos se deberá presentar un certificado médico.

Las personas que estén física o mentalmente imposibilitados para cumplir esta labor también pueden justificarse, presentando de igual manera un certificado médico.

Otro de los motivos para excusarse es estar ausente del país o radicado en alguna localidad distante más de 300 kilómetros, como también realizar labores en establecimientos hospitalarios el día del plebiscito.

Tampoco podrán ser vocales de mesa las personas extranjeras, no videntes, analfabetas y quienes hayan sufrido algún tipo de condena contemplada en las leyes del Sistema Electoral Público.

Cabe señalar que quienes deseen excusarse de esta labor tienen un plazo de tres días hábiles a partir de la fecha de publicación de la nómina, es decir, hasta el miércoles 7 de octubre.

De no hacerlo, aquellos que no concurran a desempeñar sus funciones, arriesgan una infracción electoral, la cual es sancionada con una multa a beneficio municipal, que va de 2 a 8 UTM, es decir, aproximadamente entre $79.500 y $318.000.

Revisa si eres vocal de mesa

José Antonio Kast es insultado en el Estadio Nacional

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17/12/2017

 
El excandidato presidencial llegó hasta el recinto de votación más grande de Chile para ejercer su labor de apoderado de prensa, pero comenzó a ser increpado por varias personas.

Gritos y caos causó la llegada del excandidato presidencial, José Antonio Kast, al Estadio Nacional cuando llegó a ejercer como apoderado de mesa por Sebastián Piñera.

El diputado fue increpado por la excandidata al Congreso del PC, Julia Urquieta, y un grupo de electores en la mesa 1M del recinto electoral, quienes lo acusaban de que estaría pidiendo votos por el expresidente.

Desde el local de votación más grande del país, Kast afirmó -a través de un video que subió a Twitter- que “el proceso ya partió, están los tres vocales, ya va la tercera persona firmando para votar y esperamos que sea un proceso tranquilo y rápido”.

Esteban Paredes no se presentó para ejercer como vocal de mesa en Maipú

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19/11/2017

 
Esteban Paredes, delantero y capitán de Colo Colo, no cumplió este domingo con su deber cívico, pues fue designado vocal de mesa en Maipú y no se presentó.

El ariete debía presentarse este domingo en la Escuela "Germán Riesco Errázuriz" y constituir la mesa 103V, pero, hasta este momento, no ha llegado, según informaron los otros vocales de mesa.

Paredes tampoco acudió, este sábado, al reconocimiento de mesas y también se desconoce si presentó excusas para justificar su ausencia.

Daniella Chávez fue designada vocal de mesa: "Salí premiada"

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La modelo y chica Playboy Daniella Chávezes una de las miles de compatriotas que este domingo ejercerán su deber cívico en condición de vocal de mesa; obligación de la que sólo se enteró el viernes por la tarde.

"Me había hecho la loca. Me habían llamado otra vez, pero estaba en México y me salvaba. Ahora voy a tener que ir, jajá. Tengo una suerte, salí premiada", dijo Chávez a Las Últimas Noticias.

"El viernes, como a las ocho de la tarde, me metí a internet al sitio web del Servel a averiguar. Pasaban los días y evitaba mirar, siempre lo postergaba. En realidad no imaginaba que podía volver a ser llamada si el año pasado ya me habían convocado", reflexionó la modelo, quien oficiará como vocal en el Colegio Leonardo Da Vinci, en la comuna de Las Condes.

Consultada por LUN sobre lo primero que pensó cuando se enteró, admitió: "¿Qué me voy a poner?".

"No sé si estaré en una sala de clases, estoy pensando en ir con tacos, porque estoy muy acostumbrada a ellos", agregó la "conejita", que a través de su cuenta de Instagram pidió a sus seguidores que le den "ánimo".

Hasta este jueves se pueden presentar las excusas para no ser vocal de mesa en las Elecciones Presidenciales

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01/11/2017

 
Los vocales de mesa ejercen una función clave durante las elecciones y, por lo mismo, es una labor obligatoria. Quienes resultaron sorteados en el primer llamado tienen hasta el jueves 2 de noviembre para presentar sus excusas.

Hay una lista muy limitada de posibles excusas para no llevar a cabo dicha función. Se trata de seis tipos de situaciones aceptadas, aunque hay que tener en cuenta que éstas son sólo válidas en el primer llamado.

Luego del periodo de excusas, las juntas electorales elaborarán una nómina de vocales reemplazantes, la que será publicada el sábado 4 de noviembre, para los cuales la legislación no considera un periodo para presentar excusas. Sin embargo, si al momento de la elección se encuentren en una de las causales contempladas en la normativa para justificar su inasistencia, deben conservar la documentación que acredite dicha situación, ya que podrían ser denunciados por la Junta Electoral que los nombró ante el Juzgado de Policía Local respectivo.

Esto está regulado en la Ley 18.700 de votaciones y escrutinios, texto que también detalla que quien sea nominado vocal tendrá que ejercer dicha función por cuatro años seguidos en todos los procesos eleccionarios que se realicen.

EXCUSAS

Quienes son sorteados como vocales en el primer llamado tendrán plazo entre el 30 de octubre y el jueves 2 de noviembre para presentar sus excusas, que pueden basarse en las siguientes situaciones:

1) Estar el vocal ausente del país o radicado en alguna localidad que esté a más de 300 kilómetros de distancia de su local de votación.

2) Tener que desarrollar labores referidas a las elecciones el día de los comicios, o presentar situaciones de exclusión (descritas más abajo).

3) Tener más de 70 años de edad.

4) Estar física o mentalmente imposibilitado de ejercer la función, circunstancia que deberá ser acreditada a través de un certificado médico.

5) Cumplir labores en establecimientos hospitalarios en los mismos días que funcionen las mesas receptoras de votos.

6) Mujeres a menos de seis semanas de dar a luz o menos de 29 semanas después de un parto.

EXCLUSIONES

No podrán ser vocales de mesa los candidatos en ninguna elección, sus cónyuges, parientes consanguíneos o afines hasta en segundo grado; tampoco quienes tengan cargos de representación popular.

No pueden ser vocales de mesa los ministros de Estado, subsecretarios, intendentes, gobernadores y consejeros regionales. Tampoco embajadores y cónsules de Chile, magistrados de tribunales superiores de justicia, jueces que forman parte del Poder Judicial ni de Policía Local; fiscales del Ministerio Público; jefes superiores de servicio y Secretarios Regionales Ministeriales; el Contralor General de la República.

No podrán ser vocales los miembros de las Fuerzas Armadas y de Orden, ni de Seguridad Pública en servicio activo.

Tampoco pueden ser vocales los extranjeros, los no videntes, analfabetos y aquellos que hayan sufrido condena por delitos en las leyes del Sistema Electoral Público.

PAGOS Y MULTAS

Quienes desempeñen labores de vocales recibirán un pago de 0,66 unidades de fomento (alrededor de 17 mil pesos). Además, quienes cumplan estas labores por primera vez y acudan a la capacitación del Servicio Electoral recibirán un extra de 0,22 unidades de fomento (cerca de 6 mil pesos).

Por otro lado, quienes no cumplan su labor de vocales y no presenten una excusa válida al respecto se exponen a multas que varían bastante.

Las sanciones van de 2 a 8 Unidades Tributarias Mensuales (UTM), es decir, entre 93 mil y 370 mil pesos.

Estas son las excusas y exclusiones para no ser vocal de mesa en las Elecciones Presidenciales

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30/10/2017

 
Los vocales de mesa ejercen una función clave durante las elecciones y, por lo mismo, es una labor obligatoria. Si eres sorteado como vocal de mesa debes saber que hay una lista muy limitada de posibles excusas para no llevar a cabo dicha función.

Se trata de seis tipos de situaciones aceptadas, aunque hay que tener en cuenta que éstas son sólo válidas en el primer llamado.  Si eres sorteado como vocal en segunda instancia no podrás presentar excusas.

Para saber si fuiste convocado como vocal de mesa, te invitamos a hacer click con los datos que serán proporcionado por el Servel durante la mañana del sábado 28:

Esto está regulado en la Ley 18.700 de votaciones y escrutinios, texto que también detalla que quien sea nominado vocal tendrá que ejercer dicha función por cuatro años seguidos en todos los procesos eleccionarios que se realicen.

EXCUSAS

Quienes son sorteados como vocales en el primer llamado tendrán plazo entre el 30 de octubre y el jueves 2 de noviembre para presentar sus excusas, que pueden basarse en las siguientes situaciones:

1) Estar el vocal ausente del país o radicado en alguna localidad que esté a más de 300 kilómetros de distancia de su local de votación.

2) Tener que desarrollar labores referidas a las elecciones el día de los comicios, o presentar situaciones de exclusión (descritas más abajo).

3) Tener más de 70 años de edad.

4) Estar física o mentalmente imposibilitado de ejercer la función, circunstancia que deberá ser acreditada a través de un certificado médico.

5) Cumplir labores en establecimientos hospitalarios en los mismos días que funcionen las mesas receptoras de votos.

6) Mujeres a menos de seis semanas de dar a luz o menos de 29 semanas después de un parto.


EXCLUSIONES

No podrán ser vocales de mesa los candidatos en ninguna elección, sus cónyuges, parientes consanguíneos o afines hasta en segundo grado; tampoco quienes tengan cargos de representación popular.

No pueden ser vocales de mesa los ministros de Estado, subsecretarios, intendentes, gobernadores y consejeros regionales. Tampoco embajadores y cónsules de Chile, magistrados de tribunales superiores de justicia, jueces que forman parte del Poder Judicial ni de Policía Local; fiscales del Ministerio Público; jefes superiores de servicio y Secretarios Regionales Ministeriales; el Contralor General de la República.

No podrán ser vocales los miembros de las Fuerzas Armadas y de Orden, ni de Seguridad Pública en servicio activo.

Tampoco pueden ser vocales los extranjeros, los no videntes, analfabetos y aquellos que hayan sufrido condena por delitos en las leyes del Sistema Electoral Público.

PAGOS Y MULTAS

Quienes desempeñen labores de vocales recibirán un pago de 0,66 unidades de fomento (alrededor de 17 mil pesos). Además, quienes cumplan estas labores por primera vez y acudan a la capacitación del Servicio Electoral recibirán un extra de 0,22 unidades de fomento (cerca de 6 mil pesos).

Por otro lado, quienes no cumplan su labor de vocales y no presenten una excusa válida al respecto se exponen a multas que varían bastante.

Las sanciones van de 2 a 8 Unidades Tributarias Mensuales (UTM), es decir, entre 93 mil y 370 mil pesos. 


24h

Conoce cuáles son las excusas válidas para no ser vocal de mesa

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13/06/2017

https://blogger.googleusercontent.com/img/b/R29vZ2xl/AVvXsEh1Py7caVBhLaZkVtFWiHflft4DnJutfaLhw9BsiCfszivkMjdW1mqQCKnIG0xpZehhkj8qoDxSlNVzFzEFFAEhxgp8aLeJ6byBW_21cosa85JJuaXk2XBews0IyM08eWIDJOKYcsB6IuM/h700/264751-1497378786.jpg
El pasado 10 de junio se dio a conocer quiénes fueron los nominados para ser vocales de mesa para las próximas primarias del 02 de julio. Los que fueron seleccionados para este proceso, tienen hasta el 14 de junio para presentar sus excusas válidas para justificarse y restarse de las elecciones, y que están delimitadas en la Ley 18.700 de votaciones populares y escrutinios.

Dentro de las excusas establecidas que determina la ley para poder ausentarse como vocal de mesa son: estar fuera del país o a más de 300 kilómetros del lugar designado para ser vocal, tener más de 70 años, tener imposibilidades físicas o mentales para cumplir la función (para este caso se necesita certificado médico), embarazadas a menos de seis semanas del parto y hasta 24 semanas después del parto (también con certificado médico). También quedan justificadas las personas que cumplan con labores hospitalarias el mismo día de la elección.

Las personas que no pueden ser vocales de mesa para este proceso son: el Presidente de la República, parlamentarios, alcaldes, concejales y toda la familia hasta segundo grado de quienes ejerzan estos cargos, incluso lo parientes del marido o la mujer. Tampoco pueden ser vocales de mesa personas no videntes o analfabetas, extranjeros o personas que hayan sido condenadas por delitos ligados a leyes electorales. Además de ministros, subsecretarios, gobernadores, consejeros regionales, el contralor general de la República, los jefes superiores de servicio y los secretarios regionales ministeriales, ni miembros de las Fuerzas Armadas y del Orden y Seguridad en servicio activo.

Si la persona no presenta la excusa correspondiente y no desempeña su función de vocal de mesa, puede ser sancionado con una multa de entre 2 a 8 Unidades Tributarias Mensuales, que son cerca de 93 mil y 370 mil pesos. Y lo más importante, las personas que sean seleccionadas como vocales de reemplazo no podrán presentar excusas para no asistir.

Fuente: pagina7

Elecciones Municipales: Servel da a conocer nómina de vocales de mesa

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01/10/2016


El Servicio Electoral publicó este sábado la primera nómina de vocales de mesa para las elecciones municipales del próximo 23 de octubre.

El rol de vocal de mesa es obligatorio y la ley multa a quienes no cumplan con su cargo ni se excusen en el plazo indicado.

Además, el Servel publicó la nómina de quiénes serán miembros del Colegio Escrutador.

¿Qué es un Vocal de Mesa Receptora de Sufragios?

Es el ciudadano designado por la Junta Electoral para recibir los votos que emitan los electores y realizar el primer escrutinio.

¿Qué es un Colegio Escrutador y cómo se elige a sus miembros?

Son los encargados de reunir las actas de los escrutinios realizados en las Mesas Receptoras de Sufragios el día de la votación, y sumar los votos que en ellas se consignen. Son elegidos por la Junta Electoral respectiva quien designa a diez miembros titulares y diez suplentes.

¿Cuántos vocales tienen como máximo una Mesa Receptora de Sufragios?

Cada Mesa Receptora de Sufragios se compone de cinco vocales. Sin embargo, la mesa puede constituirse, instalarse y funcionar con un mínimo de tres Vocales.

¿Cuáles son las causales de excusa de ser Vocal de Mesa o Miembro de Colegio Escrutador?

- Lejanía: Estar ausente del país o encontrarse a más de 300 Km. del lugar de votación o en un lugar cuyas comunicaciones no sean expeditas. El elector debe concurrir a Carabineros para dejar constancia de su ubicación, y guardar el comprobante, el que deberá presentar cuando sea citado por el Juez de policía local después de la elección. Si está fuera del país, cualquier documento que acredite la salida, como el pasaporte, copia de tarjeta de embarque, etc., servirán para presentarlo cuando sea requerido por el Juzgado de Policía Local.

Las siguientes excusas deben presentarse al Secretario de la Junta Electoral dentro de los tres días hábiles siguientes a la publicación de la designación, es decir, hasta el 5 de octubre:

- Tener más de 70 años.

- Estar física o mentalmente imposibilitado.

- Cumplir labores en establecimientos hospitalarios los días de la elección

- Desempeñar en los mismos días y horas otras funciones que encomiende la Ley Nº 18.700.

- Estar la mujer en estado de embarazo o de puerperio dentro de las seis semanas previas al parto y hasta veinticuatro semanas siguientes a éste, circunstancia que deberá acreditarse mediante certificado médico, o con la documentación que acredite estar recibiendo el subsidio a que se refiere el artículo 198 del Código del Trabajo.

¿Qué pasa si la persona designada no asiste a cumplir la función?

Las personas que no concurran a desempeñar sus funciones, incurren en una infracción electoral, que es sancionada con una multa a beneficio municipal que va de 2 a 8 U.T.M., es decir, aproximadamente entre $ 79.500.- y $ 318.000.

¿Tienen los Vocales de Mesa Receptora de Sufragios derecho al pago de un bono cuando se desempeñan como tales?

Sí, se les pagará un bono equivalente a 2/3 de UF, aproximadamente $17.000.-, y no se les entregará colación.

la tercera

REVISA AQUI SI ERES VOCAL DE MESA

Revisa si eres vocal de mesa para las elecciones primarias 2016

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28/05/2016


Las Juntas Electorales están a cargo de su designación.

Los vocales de Mesa de las Elecciones Primarias 2016 se darán a conocer este sábado 28 de mayo en diarios y periódicos del país. En esta misma oportunidad se publicarán los miembros de Colegios Escrutadores y sus lugares de funcionamiento, los delegados y los locales de votación; todo lo anterior, en las comunas en que se realizarán Primarias el 19 de junio próximo.

Adicionalmente, quienes hayan sido designados vocales y miembros de Colegios Escrutadores serán informados por medio de una carta certificada que les notificará su nombramiento, fecha, horario y lugar de constitución de Mesa. 
 
Cabe destacar que la información estará disponible en el sitio web oficial.servel.cl, desde las 8:00 horas del sábado.

Para aclarar las dudas, el Servicio Electoral ha puesto a disposición de la ciudadanía, atención telefónica en el número (56-2) 27315500, el sábado 28 de mayo, entre las 9:00 y las 18:00 horas, y el domingo 29 de mayo, entre las 9:00 y las 14:00 horas. Además, quienes deseen aclarar sus dudas podrán escribir a las redes sociales del Servel, en Twitter y Facebook.



Excusas

Las designaciones de vocales y miembros corresponden a las Juntas Electorales, por lo que las excusas deben presentarse ante ellas, dentro de los tres días hábiles siguientes a la publicación de la designación, es decir, los próximos 30 y 31 de mayo y el 1 de junio, presentando una carta al Secretario de la Junta Electoral, invocando alguna de las causales de inhabilidad contempladas en el artículo 40 y en el 44 de la Ley 18.700, y presentando los documentos que acrediten estas causales.

Entre las causales se encuentran:

– Haber sido designado miembro del Colegio Escrutador.

– Estar ausente del país o radicado en alguna localidad distante más de trescientos kilómetros o con la que no haya comunicaciones expeditas, hecho que calificará la Junta Electoral.

– Tener que desempeñar en los mismos días y horas de funcionamiento de las Mesas, otras funciones que encomienda la ley 18.700.

– Tener más de 70 años de edad.

– Estar física o mentalmente imposibilitado de ejercer la función, circunstancia que deberá ser acreditada con certificado de un médico.

– Cumplir labores en establecimientos hospitalarios en los mismos días en que funcionen las Mesas Receptoras, lo que deberá acreditarse mediante certificado del Director del respectivo establecimiento de salud.

– Estar la mujer en estado de embarazo o de puerperio dentro de las seis semanas previas al parto y hasta veinticuatro semanas siguientes a éste, circunstancia que deberá acreditarse mediante certificado médico, o con la documentación que acredite estar recibiendo el subsidio a que se refiere el artículo 198 del Código del Trabajo.



Inhabilidades para ser vocal

No pueden ser vocales de Mesa:

– los candidatos en la elección, sus cónyuges y sus parientes consanguíneos o afines en toda la línea recta y en la colateral hasta el segundo grado inclusive las personas que desempeñen cargos de representación popular.

– las personas a cargo de los trabajos electorales que señala el artículo 7° de la Ley 18.700.

– los Ministros de Estado, Subsecretarios, Intendentes, Gobernadores y Consejeros Regionales; los magistrados de los Tribunales Superiores de Justicia, los jueces que forman parte del Poder Judicial y los de Policía Local; los fiscales del Ministerio Público; los Jefes Superiores de Servicio y Secretarios Regionales Ministeriales; el Contralor General de la República ni los miembros de las Fuerzas Armadas y de Orden y Seguridad Pública en servicio activo

– los extranjeros

– las personas en situación de discapacidad de origen visual

– los analfabetos

– aquellos que hayan sufrido condena por delitos contemplados en cualquiera de las leyes que regulan el Sistema Electoral Público
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