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Corte: Imágenes de Manuel Contreras deben ser retiradas

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06/03/2020


La Corte Suprema declaró inadmisible la apelación contra sentencia de la Corte de Apelaciones de Santiago que ordenó el retiro de placas conmemorativas del general (r) Manuel Contreras, ex director de la DINA, de la Academia de Guerra Aérea y el regimiento Tejas Verdes.

Esta decisión fue apelada por la institución castrense, sin embargo, el máximo tribunal declaró inadmisible este recurso debido a que el Consejo de Defensa del Estado (CDE) debió haber comparecido en representación de la institución armada.

La Corte argumentó que el Ejército "pese a ser un órgano público centralizado dependiente" del Ministerio de Defensa carece de "personalidad jurídica y patrimonio propio" por lo que legalmente no le corresponde interponer un recurso.

"En otros términos, cuando el Consejo de Defensa del Estado no haya comparecido impugnando la sentencia definitiva dictada en una acción cautelar de protección o decida no hacerlo, tal manifestación no le otorga competencia al órgano centralizado", dicta el fallo.

Debido a lo anterior, el recurso de apelación "deducido por el servicio público recurrida de protección, al no haber sido interpuesto por el Abogado Procurador Fiscal o su subrogante legal, no podrá ser admitido a tramitación".

La apelación del Ejército había causado polémica debido a que en sus argumentos dicha institución planteó que la situación del jefe del órgano represivo de la dictadura de Augusto Pinochet, responsable de cientos de casos de violaciones a los derechos humanos, podía compararse con la figura de José Miguel Carrera o "algún prócer o héroe de la patria".
 
INDH valoró la decisión

A través de sus redes sociales, el Instituto Nacional de Derechos Humanos (INDH) valoró el fallo del máximo tribunal.

"Este acto contribuye a erradicar el #negacionismo y a reparar a las víctimas de la dictadura", agregaron.

Presidente Corte Suprema: Formar parte de una "primera línea" no es constitutivo de delito

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05/03/2020


El presidente de la Corte Suprema, Guillermo Silva, se refirió a la liberación de 43 de las 44 personas que fueron detenidas el martes y que según el intendente Felipe Guevara "pertenecen a la denominada primera línea".

El presidente del máximo Tribunal explicó y respaldó la resolución judicial, apuntando a que "eso de formar parte de una 'primera línea', en sí, no es constitutivo de delito".

"Ahora, si esa 'primera línea' se dedica a realizar actos de vandalismo, a saquear, a robar, ahí sí que estamos frente a delitos", aclaró Silva.

"Son delitos menores: el robo en lugar no habitado, el delito de daños, los desórdenes públicos, son ilícitos penales con escasas sanciones, entonces, no podemos los jueces dejarlos privados de libertad", aclaró el presidente de la Suprema, agregando que "la privación de libertad está contemplada para los delitos graves (...), es decir, delitos con penas superiores a cinco años".

A través de Twitter el ministro del Interior, Gonzalo Blumel, señaló que el Ejecutivo apelará la decisión, mientras que el alcalde de Santiago, Felipe Alessandri, aseguró que esta "me violenta".

Caso Nabila Rifo: Corte Suprema rebajaría condena de Mauricio Ortega

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09/07/2017



La Sala Penal del máximo tribunal sesionó sobre el tema, acordando no aceptar la nulidad del caso, pero si hacer modificaciones en la condena.

El tribunal de Coyhaique condenó a 26 años de prisión a Mauricio Ortega bajo los cargos de “femicidio frustrado” por las brutales agresiones que cometió contra Nabila Rifo.

Tras conocerse el fallo, la Defensoría Penal Pública presentó un recurso de nulidad del procedimiento, en el que indicaron que en el caso de que los magistrados no aceptaran ese requerimiento, optaran por una rebaja en la condena del agresor.

La Sala Penal del máximo tribunal sesionó sobre el tema, acordando no aceptar la nulidad del caso, pero si hacer modificaciones en la condena, informó La Tercera.

Esto porque los jueces de la Suprema no lograron establecer que Mauricio Ortega buscó a la víctima con la intención de matarla. Por lo que esta nueva sentencia podría bajar de 26 a 18 los años que Ortega deba pasar en la cárcel, medida que sería inapelable.

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