La Corte Suprema declaró inadmisible la apelación contra sentencia de la Corte de Apelaciones de Santiago que ordenó el retiro de placas conmemorativas del general (r) Manuel Contreras


La Corte Suprema declaró inadmisible la apelación contra sentencia de la Corte de Apelaciones de Santiago que ordenó el retiro de placas conmemorativas del general (r) Manuel Contreras, ex director de la DINA, de la Academia de Guerra Aérea y el regimiento Tejas Verdes.

Esta decisión fue apelada por la institución castrense, sin embargo, el máximo tribunal declaró inadmisible este recurso debido a que el Consejo de Defensa del Estado (CDE) debió haber comparecido en representación de la institución armada.

La Corte argumentó que el Ejército "pese a ser un órgano público centralizado dependiente" del Ministerio de Defensa carece de "personalidad jurídica y patrimonio propio" por lo que legalmente no le corresponde interponer un recurso.

"En otros términos, cuando el Consejo de Defensa del Estado no haya comparecido impugnando la sentencia definitiva dictada en una acción cautelar de protección o decida no hacerlo, tal manifestación no le otorga competencia al órgano centralizado", dicta el fallo.

Debido a lo anterior, el recurso de apelación "deducido por el servicio público recurrida de protección, al no haber sido interpuesto por el Abogado Procurador Fiscal o su subrogante legal, no podrá ser admitido a tramitación".

La apelación del Ejército había causado polémica debido a que en sus argumentos dicha institución planteó que la situación del jefe del órgano represivo de la dictadura de Augusto Pinochet, responsable de cientos de casos de violaciones a los derechos humanos, podía compararse con la figura de José Miguel Carrera o "algún prócer o héroe de la patria".
 
INDH valoró la decisión

A través de sus redes sociales, el Instituto Nacional de Derechos Humanos (INDH) valoró el fallo del máximo tribunal.

"Este acto contribuye a erradicar el #negacionismo y a reparar a las víctimas de la dictadura", agregaron.
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