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Rechazan demanda de Saesa en contra de electrica de Río Bueno

El Segundo Juzgado de Letras de Osorno  rechazó ayer –miércoles 18 de enero– la demanda civil interpuesta por Sociedad Austral de E...

El Segundo Juzgado de Letras de Osorno  rechazó ayer –miércoles 18 de enero– la demanda civil interpuesta por Sociedad Austral de Electricidad, Saesa, en contra de  la Empresa Distribuidora y Cooperativa Rural Eléctrica Río Bueno Limitada, acción legal que pretendía cobrar $260.051.081, más reajustes e intereses,  por supuestas facturaciones erróneas entre 2011 y 2015.

En el fallo (causa rol 964-2016), el magistrado Luis Meza desestimó la demanda por no presentarse en el juicio pruebas que acreditaran la existencia de la deuda. Y en el caso de haberse generado, no sería responsabilidad de la demandada, sino debido un error de facturación de Saesa.

“Que de la lectura de la demanda, particularmente el acápite 7 donde se lee fojas 12 y siguientes, el valor reclamado no obedecería a un “problema con el equipo o medidor”, sino que “la diferencia se debía a un error en los procedimientos de facturación, es decir, un problema documental y de proceso”; es decir, siguiendo dicha lógica argumentativa de la demanda, la diferencia en el consumo energético que alega Saesa no se debería a un obrar de la empresa demandada, ni tampoco a un error del Sistema de Medición proporcionado por Saesa, ni siquiera de una deficiencia en el protocolo contractual definido en la cláusula 7; sino más bien a un error en la facturación de la propia actora” sostiene el fallo.

La resolución agrega que “como ya se adelantó, no consta en estos antecedentes prueba alguna referida al equívoco administrativo, ni cómo se produjo (…) que entonces, por no haber acreditado la actora en este juicio, deuda alguna entre las partes, ni tampoco la existencia real de diferencias de consumo de energía de la demandada correspondiente a los periodos reclamados, la demanda no puede prosperar”.

Por lo tanto, concluye: “(…) se rechaza la demanda de cobro de pesos intentada en lo principal de fojas 10 por don Paulo Aránguiz Loyola, Abogado, en representación de Sociedad Austral de Electricidad, en contra de Empresa Distribuidora y Cooperativa Rural Eléctrica Río Bueno Limitada (…) que se rechaza la demanda de  cobro de pesos interpuesta en subsidio, intentada en lo principal de fojas 10 por don Paulo Aránguiz Loyola, Abogado, en representación de Sociedad Austral de Electricidad, en contra de Empresa Distribuidora y Cooperativa Rural Eléctrica Río Bueno Limitada” y que “se condena en costas a la actora, por haber resultado totalmente vencida”.

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