El pasado miércoles, la Tesorería General de la República comenzó el proceso de pago para quienes fueron vocales de mesa en las Elecciones Primarias de Gobernadores Regionales y de Alcaldes, realizadas el 29 de noviembre.
Recordemos que este bono fue establecido en la Ley N°20.568, publicada en el Diario Oficial el 31 de enero del 2012, con las modificaciones incorporadas a la Ley N°18.700, de 1988 del Ministerio del Interior.
El beneficio que se establece en la Ley Orgánica Constitucional, corresponde a dos tercios de la Unidad Fomento (UF), es decir unos $19.331 aproximadamente.
De ese modo, el dinero es pagado a través de un cheque nominativo enviado al domicilio de la persona o depositado en la cuenta bancaria indicada por el vocal de mesa.
Revisa aqui el beneficio
Recordemos que este bono fue establecido en la Ley N°20.568, publicada en el Diario Oficial el 31 de enero del 2012, con las modificaciones incorporadas a la Ley N°18.700, de 1988 del Ministerio del Interior.
El beneficio que se establece en la Ley Orgánica Constitucional, corresponde a dos tercios de la Unidad Fomento (UF), es decir unos $19.331 aproximadamente.
De ese modo, el dinero es pagado a través de un cheque nominativo enviado al domicilio de la persona o depositado en la cuenta bancaria indicada por el vocal de mesa.
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