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La Justicia chilena concede por primera vez a un padre gay la custodia de sus mellizos

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09/08/2017


Por primera vez la Corte Suprema chilena ha concedido la custodia de sus hijos a su padre homosexual que convive con su pareja. Se trata de mellizos varones de tres años y medio, cuya madre se los había llevado del país a comienzos de 2015, cuando tenían un año, por lo que se inició un juicio de secuestro internacional. En un país como Chile que avanza lentamente en el reconocimiento de las libertades individuales, con una ley de despenalización del aborto en tres casos que será revisada por el Tribunal Constitucional, el fallo del máximo tribunal de Justicia ha sido catalogado de “histórico” por organizaciones como el Movimiento de Integración y Liberación Homosexual (Movilh).

“La Corte Suprema señala claramente que la orientación sexual del padre o de la madre no es cuestión relevante a la hora de definir la tutela, porque lo que importa es la idoneidad y su capacidad parental”, explica Rolando Jiménez, presidente del Movilh, el movimiento que ha hecho público el fallo dictado el pasado 23 de mayo.

La sentencia hace alusión a lo ocurrido en los cinco primeros meses de 2015, cuando la madre se llevó a los niños a Uruguay y el padre se quedó sin la posibilidad de visitarlos. La mujer y sus hijos solo regresaron al país luego del inicio del juicio por secuestro internacional. En el texto se hace constante mención al bien superior de los menores y a las mayores aptitudes del padre para garantizar el bienestar de los mellizos y la posibilidad de entregarle un entorno adecuado.

El fallo se produce 13 años después de que la misma Corte Suprema determinara que la juez Karen Atala –hoy convertida en una activista por los derechos de la diversidad–, no podía tener la custodia de sus tres hijas por ser lesbiana y vivir con su pareja. Fue el primer caso de estas características que se conoció en la opinión pública chilena y encendió el debate. Las niñas tenían tres, cuatro y ocho años cuando la Justicia se las quitó y entregó al padre, el exesposo de la magistrada, que la acusaba de no estar capacitada para ejercer su maternidad por ser homosexual. Las dos pequeñas todavía dormían con ella y la menor usaba pañales por la noche.

“Ser privada de criar a tus propias hijas, que tuviste en tu vientre, pariste y amamantaste, es un dolor que no se puede explicar”, señaló la juez en agosto de 2011, en la audiencia pública del juicio que emprendió contra el Estado de Chile en la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH).

La CIDH condenó en 2012 al Estado de Chile por este caso. La sentencia determinó que el Estado debía ejecutar diversas medidas de reparación para Atala y sus hijas. La decisión sentó jurisprudencia a nivel latinoamericano, porque determinó por primera vez que la orientación sexual y la identidad de género son categorías protegidas por la Convención Americana de Derechos Humanos de 1969. Además, estableció que el interés superior del menor no puede servir de carta blanca para que el juez valide sus prejuicios y estereotipos en el momento de resolver. El fallo se cita frecuentemente en causas de familia en la región y se estudia en las facultades.

En un fallo dividido, en esta ocasión la Corte Suprema revocó la decisión de la Corte de Apelaciones, que había entregado la tuición de los mellizos a la madre. A diferencia de hace 13 años con el caso Atala, el máximo tribunal chileno no se amparó en la argumentación jurídica de que los niños y las niñas deben vivir en el seno de una familia tradicional.

El actual presidente de la Corte Suprema, Hugo Dolmestch, indicó que “la convivencia de personas de igual sexo es una realidad que no podemos nosotros ocultar”. “Antes se hacía como que esto no existía o que era tan extraordinario que así fuere. Hoy día todo el mundo sabe que es una realidad que podemos comprobar a cada rato y que le entregan al niño lo que necesita. Los niños necesitan comer, pero sobre todo necesitan afecto”, señaló el magistrado.

En el Movilh explican que en Chile se le había dado la custodia a un padre gay, pero que su orientación sexual no fue un asunto que se tratara durante el juicio. En un segundo caso, un homosexual se quedó con la tutela de su sobrino, por sobre la madre. Aunque el hombre fue cuestionado por su orientación sexual en el proceso, esta causa nunca llegó a la Suprema. El reciente fallo sobre la tuición de los mellizos, por lo tanto, es el primero en que la homosexualidad y convivencia del padre se trata de manera directa, con la resistencia de la madre de los menores.

“En Chile, en un 99% de los casos la tutela es asignada prioritariamente a la madre. Es muy escasa la jurisprudencia que asigna la custodia al padre”, añade Jiménez.

El padre de los mellizos no ha dado autorización hasta ahora para difundir ni su nombre ni el de los niños, con el objetivo de resguardar la privacidad de la familia. En cualquier caso, de acuerdo al Movilh, los menores ya viven junto a su progenitor y a su pareja.

La ONU denuncia torturas y el uso excesivo de la fuerza en Venezuela

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La ONU ha puesto el foco en Venezuela. El Alto Comisionado para los Derechos Humanos ha denunciado este martes el uso “generalizado y sistemático” de “fuerza excesiva” contra miles de manifestantes. En un duro comunicado sobre las conclusiones de un informe que verá la luz a finales de mes, el organismo alerta de que las violaciones cometidas por las autoridades ante las protestas contra el régimen de Nicolás Maduro van desde detenciones arbitrarias hasta malos tratos y “tortura”. El Gobierno venezolano no se ha pronunciado sobre las acusaciones.

Descargas eléctricas, golpes con cascos y porras contra detenidos esposados, presos colgados de las muñecas durante periodos prolongados, asfixia con gases y amenazas de muerte o violación. Estos son algunos de los ejemplos de la violencia empleada que cita el Alto Comisionado de la ONU para los Derechos Humanos en las conclusiones del informe sobre la situación en Venezuela avanzado este martes. El nuevo fiscal general designado por el chavismo, Tarek William Saab, que fue defensor del pueblo, eludió responder a este periódico sobre el tema, informa Alfredo Meza.

El organismo alerta de que al menos 5.051 manifestantes han sido víctimas de detenciones arbitrarias en las protestas entre el 1 de abril y el 31 de julio, y que un millar siguen detenidos. La “responsabilidad de estas violaciones corresponde a los más altos niveles del Gobierno”, ha denunciado el alto comisionado, Zeid Ra’ad al Hussein. La ola de violencia ha dejado 124 muertos hasta el 31 de julio y casi 2.000 heridos, según la Fiscalía venezolana. Los datos recabados por la ONU apuntan a que las fuerzas de seguridad son responsables de al menos 46 fallecimientos y “los grupos armados progubernamentales”, conocidos como colectivos armados, de otras 27. En cuanto al resto de las muertes, aún no está claro quién las perpetró, ha explicado el organismo de la ONU.

“Esas violaciones ocurren en plena ruptura del Estado de derecho en Venezuela, con ataques constantes del Gobierno a la Asamblea Nacional”, de mayoría opositora, “y a la oficina de la fiscal general”, Luisa Ortega Díaz, apartada del cargo el pasado fin de semana por la Asamblea Constituyente instaurada en paralelo para redactar una nueva ley fundamental. Las conclusiones del informe detallan que también algunos grupos de manifestantes han actuado con violencia y que ocho agentes han fallecido en las protestas.

La portavoz de la institución en Ginebra, Ravina Shamdasani, explica por correo electrónico que el representante del Alto Comisionado en Sudamérica lleva al menos cuatro años sin entrar en Venezuela. El organismo solicitó al Gobierno de Nicolás Maduro el acceso al país en mayo para analizar la situación de los derechos humanos. Ante la falta de respuesta, avisó a las autoridades venezolanas de que iba a iniciar un seguimiento a distancia de la crisis. Tras recoger información de la Fiscalía y del Defensor del Pueblo venezolanos, y realizar 135 entrevistas a víctimas, familiares de los manifestantes, miembros de organizaciones sociales, periodistas y médicos, entre otros, la conclusión ha sido nítida: las fuerzas de seguridad infligieron “tratos crueles, inhumanos o degradantes a los detenidos”, muchos de ellos juzgados en tribunales militares en lugar que civiles. La ONG Human Right Watch ya había denunciado en 2016 casos de torturas y abusos a detenidos, algunos encarcelados solo por llevar panfletos contra el régimen.

El Alto Comisionado mostró su “grave preocupación” por los allanamientos violentos de viviendas, muchas veces sin orden judicial, y denunció amenazas y hostigamiento a periodistas. “Exhorto a todas las partes a (...) que renuncien al uso de la violencia y a que tomen medidas con miras a establecer un diálogo político significativo”, concluyó. António Guterres, secretario general de la ONU, también ha alertado este martes, en un breve comunicado, de que la situación puede causar una “escalada de la tensión”.


ep

Ministro Undurraga reconoce problemas de diseño del puente Cau Cau

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08/08/2017

El ministro de Obras Públicas, Alberto Undurraga reconoció fallas de diseño en la construcción del puente Cau Cau, dando la razón a la empresa contratista Azvi, la cual está enfrentada con el ministerio en una pugna judicial, debido a las responsabilidades por la falla del viaducto. 
Según consignó La Tercera, la posición oficial de Ministerio de Obras Públicas (MOP) había sido defender la tesis de que los problemas se originaron en la construcción, por lo tanto, la responsabilidad recae en la empresa española 'Azvi' a cargo de la construcción del puente. Un nuevo antecedente podría modificar la versión. 
Un correo del ministro Undurraga hacia la jefa de gabinete de la Presidenta Bachelet, Ana Lya Uriarte, admitía errores de diseño. El mail de tres páginas fue enviado el 23 de junio del 2015 y consignaba que “el problema principal es que el puente aún no funciona”, que la empresa Azvi es “incapaz de solucionar el problema” y que la comunidad estaba “indignada”. 
La parte clave, que podría cambiar un eventual fallo de la Fiscalía Centro Norte, es que el secretario de Estado consignó que “lo probable es que Azvi judicialice la resolución de cargos, para lo cual tiene un argumento: hay errores de diseño, y por lo tanto en esa parte no es responsabilidad de ellos”. 
El mail de Undurraga a Uriarte hace alusiones, además, a faltas de probidad. El ex director general de Obras Públicas, Javier Osorio, fue asesor de la empresa contratista Azvi, pero no se abstuvo de firmar aumentos de plazos y de obras. Por otra parte, el ministro menciona que el puente Cau Cau y el puente Bicentenario de Concepción “dan cuenta de un problema sistémico en el MOP, al menos en la categoría de puentes urbanos”. 
La investigación por presunta malversación y fraude al fisco en la licitación y construcción del puente Cau Cau se abrió luego de que uno de los brazos fallara de forma definitiva el 24 de febrero del 2015. La jornada del lunes 7 de agosto comenzaron las pruebas de peso a cargo de la Dirección de Investigaciones Científicas de la Universidad Católica (Dictuc). Al completar la prueba, se levantará la prohibición de intervenir la obra a causa de las pericias. “Después de más de 14 meses de diligencias del Ministerio Público, esperemos se libere el puente para iniciar las reparaciones”, aseguró Undurraga.
Finalmente, el MOP ya firmó contrato con la empresa chileno-holandesa que se hará cargo de la reparación del puente, AG-LEN BrigeXperts, que se adjudicó la licitación.

El “ninguneo” de Mario Mutis de Los Jaivas a Lucho Jara: “¿De dónde sacaron a este animador?”

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En la antesala de su aniversario número 54, este mediodía Los Jaivas visitaron los estudios de “Mucho Gusto”, el matinal de Mega, para dar a conocer detalles de su gira “Obras Cumbres de Violeta Parra”.

En ese momento, Luis Jara relató que en la trastienda Mario Mutis le había revelado que la canción “Mira Niñita” era “tan vieja como yo”. Por supuesto, la pregunta caía de cajón: ¿Cuántos años tiene la histórica canción de Los Jaivas?, ante esto el histórico bajista dijo: “72”.

Jara se lo tomó como una broma y liberó una fuerte carcajada ante el asombro e incomodidad del resto de su equipo, dándose cuenta de inmediato de que había cometido un enorme error: Mutis se refería al año 1972 y no a la cantidad de años que tenía la canción.

Los presentes en el estudio se rieron de buena gana ante la confusión de su compañero, pero el músico aprovechó el momento para lanzarle entre risas: “Pero, por favor. ¿De dónde sacaron a este animador?”.
 
futuro

Campesinos celebraron su dia en acto en Osorno

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La historia institucional de INDAP está íntimamente ligada a la Ley de Reforma Agraria, cuya promulgación, hace ya 50 años,  da vida al Día del Campesino y la Campesina que se conmemoró hace unos días en la ciudad de Osorno. En la actividad, realizada en el Club Alemán de esa ciudad, autoridades regionales y provinciales se dieron cita junto a más de 350 campesinos y campesinas de toda la región quienes fueron reconocidos por su trabajo, esfuerzo y constante labor en el mundo rural, todo ello en el marco de la conmemoración de los 50 años de la Reforma Agraria.

En la oportunidad, el director nacional de INDAP, Octavio Sotomayor, destacó la importancia de conmemorar una fecha como ésta, en que se cumple medio siglo desde la promulgación de la Ley de Reforma Agraria y Sindicalización Campesina en el gobierno del presidente Frei Montalva.

“Este es un día de mucha significación, porque estamos conmemorando los 50 años de la ley de Reforma Agraria, en el día de los campesinos y campesinas de Chile, pero también estamos reflexionando sobre la historia del país y en particular sobre este proceso y los desafíos que tenemos a futuro en el desarrollo del campesinado chileno. Sabemos que este es un tema controversial, reconociendo las distintas visiones al respecto, pero al menos desde el punto de vista del Gobierno, creemos que esta es una reforma que cambió la faz del mundo rural, permitiendo que miles de campesinos adquirieran una vida digna y mejoraran sus condiciones de vida. Por eso, entendemos y creemos que fue la principal transformación social que vivió el país durante el siglo XX y que hizo que estas personas tuvieran la categoría de ciudadanos de primera clase, avanzando hacia una sociedad más justa e igualitaria”, puntualizó el directivo nacional.

En la misma línea, Ximena Licán, presidenta del Consejo Asesor Regional Campesino de INDAP, CAR, destacó la importancia de recordar lo que la reforma agraria significó para tantos campesinos y campesinas a lo largo del país.

“Fue recordar cómo era la vida antes, como ellos trabajaban la tierra y también fue recordar cómo ha cambiado esa vida hasta ahora. Antiguamente no existían horarios de trabajo, no había una remuneración fija, ya que se pagaban en especies, y cuando los fundos eran vendidos, esto se hacía con los campesinos como parte de los bienes. Hoy recordamos algo que ya no sucede en nuestros campos, un campo que permite el desarrollo productivo y una buena calidad de vida a las campesinas y campesinos”, recalcó la dirigente y agricultora de la comuna de Osorno.

En la ocasión, se reconocieron igualmente el trabajo de 17 pequeños productores, hombres, mujeres y organizaciones campesinas de todas las provincias de la región, que trabajan día a día con INDAP, destacándose en todos ellos su compromiso y trabajo en el campo, como lo manifestó en la ocasión la máxima autoridad regional, el intendente Leonardo de la Prida.

“Recordar el día del campesino y los 50 años de la reforma agraria significa mucho para esta región, y particularmente para esta provincia que es inminentemente agrícola, y donde la propiedad de la tierra era determinante antes para las posibilidades de acceso a diferentes tipos de cosas que hoy estamos comprometidos por cambiar. Hoy los derechos sociales los tienen todas las personas, sin importar el patrimonio. Eso significa por ejemplo salud o educación gratuita. La presidenta Bachelet inicio un ciclo de reformas tan importantes como lo fue la Reforma Agraria, que es lo que se ha estado haciendo en estos cuatros años. Ha costado, ha sido duro, pero estamos llegando a la gente que reconoce este trabajo y eso nos tiene muy contentos”, puntualizó la autoridad regional.

Campesinos reconocidos

En la provincia de Osorno fueron destacados Sofía Cantero Aburto de la comuna de San Juan de la Costa; además de Luis Óscar Vera y Arnoldo Santibañez Cancino, ambos del sector Pichi Damas, en la comuna de Osorno.

Asimismo, en la provincia de Llanquihue se reconocieron a Sara Díaz Arismendi de Frutillar; Lucio Ovando Ovando de Fresia; Joel Vidal Monsalve de la comuna de Puerto Varas, Benito González Angulo, de Los Muermos; Estrella Álvarez Lillo de Maullín y Carolina del Carmen Soto de la comuna de Calbuco.

Igualmente desde el archipiélago de Chiloé, se reconoció el trabajo de la  Asociación de Pequeños Agricultores de Chiloé, con sede en Ancud, APACH; también a Audelina del Carmen Bahamonde, de la comuna de Quemchi; a las Hilanderas de Tenaún, agrupación formada por mujeres de Tenaún y Quetalco; al productor  Mario  Hernández  Andrade, de la comuna de Queilen y desde la comuna de Curaco de Vélez, en  la Isla de Quinchao, fue reconocido el campesino Luis Armando Barría.

Finalmente desde la lejana provincia de Palena fueron reconocidos por sus pares y las autoridades presentes,  Mónica Ruth Casanova, de la comuna de Palena, Nasario del Carmen Ibáñez  de Futaleufú y  Zoilo Ampuero Torres de Chaitén.

Municipalidad de Valdivia contará con $1.934 millones para gestión y proyectos en educación municipal

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Valdivia, 8 de agosto de 2017.-  Como una excelente noticia fue catalogada la aprobación de 1.934 millones de pesos, por parte del Concejo Municipal. Los recursos provienen del Fondo de Apoyo a la Educación Pública (FAEP) y son destinados al Departamento Administrativo de Educación Municipal (Daem)  para la gestión y ejecución de proyectos que lidera esta repartición municipal.

Así lo dio a conocer el alcalde de Valdivia, Omar Sabat, quien manifestó su conformidad con la aprobación de estos recursos “que serán invertidos íntegramente para la gestión y administración en el área de la educación municipal”, enfatizó la autoridad.

“Nos permitirá, en el breve plazo, comenzar a invertir en las diferentes áreas de nuestra educación municipal, que tienen relación con administración; mantención y mejoramiento de la infraestructura; mejorar las habilidades de gestión para la educación municipal; renovación de equipamiento y mobiliario; participación de la comunidad educativa; transporte escolar y servicio de apoyo”, recalcó Sabat.

A su vez, el director del Daem, Patricio Solano, quien estuvo a cargo de la presentación al Concejo Municipal, explicó que “estos fondos (FAEP) nos permiten llevar a cabo el funcionamiento del servicio educacional que entregan las municipalidades, que en este caso es a través del Daem, y que serán utilizados exclusivamente en el financiamiento para nuestros establecimientos tanto en el sector urbano como rural, tal como lo exige la Ley”.

Solano, además, indicó que el gasto de este presupuesto –el que debe ser rendido al Mineduc- se debe ejecutar durante este segundo semestre y el primero del próximo año. 

Corte de Valdivia confirma fallo y ordena a Municipalidad de Osorno restituir bonos no pagados a docentes

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La Corte de Apelaciones de Valdivia rechazó hoy –martes 8 de agosto– el recurso de nulidad interpuesto por la Municipalidad de Osorno, en contra del fallo que acogió la demanda de cobro de prestaciones presentada por 91 profesores de establecimientos educacionales municipales, que, entre el 2012 y el 2016, no recibieron el bono contemplado en la Ley N°19.933, que consagra una subvención adicional especial para profesionales de la educación.

En fallo unánime (causa rol 89–2017), la  Primera Sala del tribunal de alzada –integrada por el ministro Juan Ignacio Correa,  la fiscal judicial Gloria Hidalgo y el abogado (i) Juan Carlos Vidal– ratificó la sentencia recurrida, dictada el 24 de abril pasado, por el Juzgado de Letras del Trabajo de Osorno, que ordenó a la casa edilicia pagar a los demandantes una suma superior a los 625 millones de pesos.

“(…) el recurrente sustenta esta causal de nulidad en distintos capítulos. En el primero: improcedencia del bono proporcional de la ley N° 19.933 a los profesores de la educación municipal (…). En el segundo: alega prescripción extintiva conforme a las normas del Código del Trabajo (…).En el tercero: derogación de la bonificación proporcional. Denuncia que el juzgador incurre en infracción sustancial de ley al condenar a la demandada al pago del periodo demandado por concepto de bonificación proporcional de la Ley 19.933 del año 2016, atendido que a contar del 1 de abril del año 2016, por expresa disposición de la Ley N° 20.903 fue suprimida la bonificación proporcional. En el cuarto y último capítulo señala que los reajustes e intereses son improcedentes, se refiere a los mismos la parte decisoria de la sentencia, punto III, vulnerando así el principio de legalidad del gasto, pues la ley 19.933 no contempla estos intereses y reajustes”, establece el fallo.

La resolución agrega que “al respecto, se debe señalar que esta causal alcanza dos situaciones independientes. Primera, la de haberse infringido substancialmente derechos o garantías constitucionales y seguidamente, la de haberse producido infracción de ley. Así, queda en evidencia que esta causal de impugnación es de carácter netamente jurídico, debiendo circunscribirse sus fundamentos a razones de dicha especie, lo que no resulta demostrado en el análisis de las normas que el recurrente señala como infringidas por el juez de primer grado en su sentencia; y, de todo lo anterior, no se advierte infracción de ley sino criterios de interpretación que siendo válidos, difieren de las pretensiones de quien recurre, debiendo en consecuencia ser desestimadas y rechazar el recurso por esta causal de nulidad, que no existe”.

“Por estas consideraciones y de conformidad con lo que disponen los artículos 477 y siguientes del Código del Trabajo, se rechaza el recurso de nulidad deducido en contra de la sentencia de veinticuatro abril de dos mil diecisiete, pronunciada por el señor Hernán Eduardo Valdevenito Carrasco, Juez Titular del Juzgado del Trabajo de Osorno, sentencia que no es nula”, concluye.
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