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Betsy Camino es la nueva integrante de "Bienvenidos"

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14/11/2017

 
La mañana de este martes el matinal Bienvenidos anunció con bombos y platillos a su nueva incorporación.

Se trata de la bailarina cubana Betsy Camino, quien llegó hace poco tiempo a nuestro país y saltó a la ‘fama’ tras reconocer su pololeo con el locutor de Radio Bío-Bío Julio César Rodríguez.

Antes de anunciar su incorporación, en el programa mostraron una completa entrevista a la joven de 25 años, donde habló sobre su difícil infancia y juventud en Cuba, y lo que ha significado llegar a Chile y luchar por conseguir sus sueños como bailarina y actriz.

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Mauricio Correa, fundador del Buenos Días a Todos, es el nuevo director del matinal de Canal 13

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01/10/2017


Mauricio Correa es el nuevo director del matinal de Canal 13. Así lo informó oficialmente la señal de Inés Matte Urrejola luego de que el sitio El Filtrador contara que esta mañana Correa fue presentado oficialmente al equipo en Bienvenidos. La panelista Claudia Schmitd también lo dijo en Intrusos.

Este es el comunicado íntegro de Canal 13:

“El matinal de Canal 13 comenzará octubre con una novedad detrás de cámaras: Mauricio Correa asumirá como Director General del programa que encabeza Jacqueline Cepeda como Productora Ejecutiva.

“Correa se ha desempeñado como director en TVN, con una destacada carrera en espacios misceláneos; también trabajó en Canal 11 y fue director general de la transmisión de la Teletón durante siete años.

“El director viene a fortalecer el trabajo que está realizando Bienvenidos, que se ha consolidado en Canal 13 con una sintonía que este año lo posiciona en el segundo lugar de su franja.

“El programa cuenta con la sólida dupla de animadores formada por Tonka Tomicic y Martín Cárcamo, y un panel integrado por Polo Ramírez, Michelle Adam, Raquel Argandoña, Francisca Merino, Kika Silva, Hugo Valencia, Juan Pablo Queraltó, entre otros reconocidos profesionales”.
 
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Canal 13 sacó a director de bienvenidos por caso Nabila

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13/04/2017

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A través de un escueto comunicado, Canal 13 dio a conocer que le solicitó su renuncia al director del matinal "Bienvenidos", tras mostrar el testimonio que detallaba el examen ginecológico durante el juicio por el caso de Nabila Rifo.

"Canal 13 informa que ha solicitado la renuncia del director televisivo del programa 'Bienvenidos', Pablo Manríquez", indicó el texto.

Y luego recalcaron que "Canal 13 reitera su compromiso por resguardar la calidad de su programación".

La desvinculación de Manríquez se da después de que el programa entregó detalles de la declaración que hizo el ginecólogo del Hospital de Coyhaique, Francisco Redondo, especialista médico del Hospital de Coyhaique que atendió Nabila en mayo de 2016, cuando sufrió la agresión que la dejó sin sus globos oculares.

A 24 horas de haber mostrado parte de la declaración, el matinal de Canal 13 "Bienvenidos" ya ha acumulado más de mil denuncias ante el Consejo Nacional de Televisión.

Confirman multa a canal 13 por difundir datos de menor victima de delito sexual

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13/12/2016


La Corte de Apelaciones de Santiago ratificó la multa que aplicó el Consejo Nacional de Televisión (CNTV) a Canal 13 por entregar antecedentes de menor víctima de un delito sexual en matinal "Bienvenidos".

En fallo unánime, la Novena Sala del tribunal de alzada –integrada por las ministras Jessica González, Romy Rutherford y el abogado (i) Mauricio Decap– confirmó que la estación televisiva debe pagar una multa de 300 UTM (unidades tributarias mensuales), tras establecer que el programa entregó datos que permiten identificar a la víctima, lo que está prohibido por ley.

"Los datos descritos en el motivo VIGÉSIMO OCTAVO de la resolución en alzada, demuestran que el Canal de Televisión sancionado, entregó datos concretos que permiten identificar a la menor, desde que proporciona el nombre completo de su padre; el nombre de la madre y datos de entrevistas anteriores de ésta; exhibe el Colegio al cual asiste la menor de edad, con la mención de la comuna en que se ubica y, el edificio en el cual reside la niña con su madre, indicando la comuna, todos antecedentes que sin duda contrarían la prohibición expresa contenida en el artículo 8° de las Normas Generales sobre Contenido de las Emisiones de Televisión, reiterada en el artículo 33 de la Ley N° 19.733, normas de protección general que deben brindar los medios de comunicación social a los menores de edad. En este orden de ideas cabe señalar que la niña de que se trata, víctima de un supuesto delito de orden sexual (…)no solo infringe las normas del correcto funcionamiento de los servicios de televisión, sino importa también una injerencia ilegítima a su intimidad y vida familiar que el Estado de Chile está obligado a amparar y proteger", sostiene el fallo.

Resolución que agrega: "En efecto, al proceder en los términos que lo hizo el Canal 13 S.A. se vulnera el interés superior de la niña, consagrado en el orden nacional e internacional, desconociendo el derecho a la dignidad de su persona, lo que se traduce en una conculcación grave al derecho a la vida privada y honra de la menor de edad. Los hechos de la causa dan cuenta de las faltas en que incurrió el recurrente quien en su programación debe procurar el "permanente respeto", entre otros valores, a la dignidad de las personas y a la protección de la familia, como lo dispone el artículo 1° de la Ley N° 18.838. Lo anterior en manera alguna puede calificarse como una forma de intromisión en la programación del servicio de televisión, por cuanto no se restringe aquella facultad y tampoco se impide o limita el derecho a la libertad de opinión e informar, consagrado en el artículo 19 numeral 12 de la Carta Fundamental, pues se sanciona la forma descuidada de entregar la comunicación noticiosa, al proporcionar datos que afectan los derechos de una menor de edad vulnerable, a quien se le debe entregar una especial protección en razón de su minoría de edad y por ser presunta víctima de un delito de abuso sexual (…)".

A lo anterior se agrega –continúa– "(…) que el interés superior del niño, como principio informador del ordenamiento jurídico familiar se vincula directamente con los derechos esenciales del sujeto menor de edad y en el caso de autos, además, es una garantía de respeto y concreta protección del pleno ejercicio de los derechos de la niña afectada, lo que unido a las normas que prohíben divulgar la identidad de la víctima, coherentes con lo que prevén los artículos 3° y 16° de la Convención sobre Interés Superior del Niño, llevan a concluir que la sanción impuesta se ajusta a la legalidad vigente y tiene mérito que la justifica, siendo proporcional a la infracción objeto de la multa impuesta".
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