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Intendente de Seguros respalda iniciativa en favor de Bomberos

Texto legal busca hacer efectivo el traspaso a Bomberos del resultado del remate de acciones no reclamadas por los herederos o legatarios de un accionista fallecido, tal como dispone la actual ley de sociedades anĂ³nimas
Texto legal busca hacer efectivo el traspaso a Bomberos del resultado del remate de acciones no reclamadas por los herederos o legatarios de un accionista fallecido, tal como dispone la actual ley de sociedades anĂ³nimas. 

La ComisiĂ³n de Bomberos recibiĂ³ la opiniĂ³n de las autoridades de la Superintendencia de Valores y Seguros, respecto del proyecto que modifica la Ley 18.046, sobre Sociedades AnĂ³nimas, en el sentido de perfeccionar los mecanismos que en ella se establecen en beneficio de los Cuerpos de Bomberos de Chile (BoletĂ­n 10037).

A la instancia concurriĂ³ el Intendente de Seguros, Daniel GarcĂ­a, acompañado del Fiscal de Valores, JosĂ© Antonio Gaspar, y el Jefe de la DivisiĂ³n Control de Entidades No Aseguradas, Bayardo Goudeau, ademĂ¡s, del Presidente de la Junta Nacional de Bomberos, Miguel Reyes.

El intendente GarcĂ­a señalĂ³ que estĂ¡n de acuerdo con el objetivo de la propuesta legal, “en orden a clarificar las condiciones mediante las cuales (Bomberos) tiene que hacer valer sus derechos de recibir los pagos de dividendos de personas fallecidas no cobradas, que estĂ¡n en el mercado de valores”.

Sin embargo, hizo ver a los legisladores que el proyecto debe estar en concordancia con otros cuerpos legales vigentes en materia de valores.

El texto en trĂ¡mite modifica la ley 18.046, sobre Sociedades AnĂ³nimas, que entre sus normas dispone que el producto del remate de acciones de accionistas fallecidos cuyos herederos o legatarios no hayan tomado a su nombre dichos tĂ­tulos, pasarĂ¡ a los Cuerpos de Bomberos de Chile. Igualmente los dividendos y otros beneficios en efectivo no reclamados por los accionistas dentro del plazo de 5 años.

El proyecto busca subsanar vacĂ­os legales de la norma, como es el caso de las acciones o tĂ­tulos que detentan personas jurĂ­dicas a nombre propio pero por cuenta de terceros. AsĂ­, se plantea que la informaciĂ³n sobre estos terceros sea entregada a la Superintendencia en forma anual en el mes de marzo.

De este modo, los interesados podrĂ¡n hacer valer sus derechos ante las citadas personas jurĂ­dicas en el plazo de un año. Vencido ese plazo, se procederĂ¡ al remate de las acciones, producto que si no es reclamado en 12 meses pasarĂ¡ de pleno derecho a propiedad de los Cuerpos de Bomberos de Chile.

Al respecto, el Presidente de la Junta Nacional de Bomberos, Miguel Reyes, valorĂ³ este proyecto porque tiende a buscar a los destinatarios de recursos que aparecen difusos y que “en virtud de la transparencia deben tener nombre y apellido” para que los herederos reclamen sus derechos y de no existir estos, Bomberos sea el destinatario de los valores.

AñadiĂ³ que no son recursos inmediatos, pero permitirĂ¡ en un mediano plazo el ingreso de fondos importantes para las acciones de bomberos, como mejorar su infraestructura.

El diputado JosĂ© Miguel Ortiz (DC), presidente de la ComisiĂ³n, recordĂ³ que esta normativa en favor de los bomberos fue dictada a mediados de la dĂ©cada de los años 90, pero que es necesario modificarla para acelerar el trĂ¡mite de adjudicaciĂ³n de los recursos, que hoy se ve obstaculizada por la falta de informaciĂ³n.

camara diputados 

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