La
Corte de Apelaciones de Valdivia ratificó –el jueves 12 de noviembre
pasado– el fallo dictado por el Juzgado de Letras del Trabajo de
Valdivia, que acogió una reclamación interpuesta por la Federación
Nacional de Sindicatos Supermercados Bigger Chile, en contra de
Inspección Provincial del Trabajo de Valdivia.
En
fallo unánime (causa rol 81-2015), la Primera Sala del tribunal de
alzada –integrada por los ministros Mario Julio Kompatzki, Darío
Ildemaro Carretta y Marcelo Vásquez– rechazó el recurso de nulidad
interpuesto por la empresa Rendic Hermanos S.A, que buscaba dejar sin
efecto la sentencia de primera instancia dictada por el magistrado del
Juzgado de Letras del Trabajo, Fernando León, el 7 de agosto pasado, que
revocó la resolución 274 de la Inspección del Trabajo de Valdivia, que
declaraba improcedente el proceso de negociación colectiva, iniciado
entre los trabajadores y la empresa, el 22 de mayo de 2015.
En
el fallo de alzada se precisa que: “El sentenciador comparte la
interpretación que hace la Federación al señalar que el artículo 334 del
Código del Trabajo lo que pretende es evitar que en un mismo proceso de
negociación colectiva de Federaciones se agrupen trabajadores de otras
empresas diversas, lo que no ocurre en el presente caso, por cuanto la
totalidad de trabajadores que se mencionan en el anexo 1 del proyecto de
contrato colectivo son trabajadores que pertenecen a un mismo empleador
como es Rendic Hermanos”.
“Y vistos, además, lo dispuesto en los artículos 334, 335 y 477 del Código del Trabajo, se RECHAZA
el recurso de nulidad interpuesto por don Tomás Larraín Raglianti,
abogado, en representación de la empresa Rendic Hermanos S.A. en contra
de la sentencia de fecha siete de agosto de dos mil quince, dictada en
la causa RIT Nº I-27-2015 del Juzgado de Letras del Trabajo de
Valdivia, la cual no es nula”, concluye el fallo.
En la resolución de primera instancia, el juez León había establecido que: “Se hace lugar
a la reclamación y, en consecuencia, se revoca la Resolución 274 de la
Inspección del Trabajo de Valdivia, de fecha 24 de junio de 2015 y, en
su lugar, se declara que el proceso de negociación colectiva es
procedente, por lo que el iniciado el 22 de mayo de 2015, mediante la
presentación de un proyecto de contrato colectivo por parte de la
Federación Nacional de Sindicatos Supermercados Bigger Chile, FENASIB, a
don Peter Van Lankeren en representación de Rendic Hermanos S.A.,
deberá seguir su curso, reanudándose en la etapa en que se encontraba a
la fecha de la presentación de la demanda de autos, una vez ejecutoriada
la presente sentencia”.
DIRECCIÓN DE COMUNICACIONES PODER JUDICIAL
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