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Conoce todos los detalles de la operacion renta 2015 y como realizarla

La Operación Renta 2015 es proceso en cuyo marco las personas y las empresas tienen que declarar los ingresos que obtuvieron durante el ...

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La Operación Renta 2015 es proceso en cuyo marco las personas y las empresas tienen que declarar los ingresos que obtuvieron durante el año pasado y pagar los impuestos correspondientes a dichas rentas. Como se proyecta recibir unas 3 millones 100 mil declaraciones, la inmensa mayoría de ellas a través de Internet (99,45% el año pasado), el Servicio nuevamente ofrecerá una propuesta de declaración a las personas naturales, quienes una vez que verifiquen la información disponible que sirvió de base para la confección de su declaración, podrán aceptarla en línea y cumplir de esta manera con el trámite.

Recomendamos a los contribuyentes declarar vía Internet y utilizar la Propuesta de Declaración sobre los otros medios de envío, ya que éstas se construyen sobre la información actualizada que recibe el SII respecto de sus rentas, créditos o beneficios tributarios, lo que permite disminuir los errores que habitualmente se detectan al usar otras formas de presentación de la declaración y agilizar las devoluciones cuando corresponda.

Es importante que los contribuyentes revisen la información entregada por sus agentes retenedores e informantes y que se comuniquen a la brevedad con ellos para aclarar eventuales diferencias. Si al momento de presentar la Declaración dichos agentes aún no han modificado los antecedentes, es el propio contribuyente el que debe incluirlos en la declaración.

También se recomienda revisar la situación tributaria de años anteriores en la opción “Consulta Estado de Renta”, para que situaciones pendientes no generen cuestionamientos a la Declaración de Renta 2015 o demoras en la devolución solicitada.

Fechas de devolución de excedentes

Las fechas de devolución de Impuesto a la Renta, si es que corresponde, dependerán del momento en que el contribuyente realice la declaración y el medio que seleccione para recibirla.

Al elegir la opción depósito, los contribuyentes podrán recibir  al menos 17 días antes su devolución,  directamente en su cuenta corriente, de ahorro, vista o Cuenta RUT, mediante una transacción segura, confiable y sin la necesidad de realizar trámites.

La primera emisión de devoluciones se va a realizar el 13 de mayo. En esa emisión están consideradas solamente las personas que indicaron una cuenta bancaria. La segunda emisión va a ser el 19 de mayo. Y la tercera emisión, será el 28 de mayo. En estas emisiones están consideradas sólo las personas que indicaron una cuenta bancaria.

La devolución de todos aquellos que no eligieron la opción transferencia electrónica y no indicaron una cuenta, se realizará a través de cheques que comenzarán a ser distribuidos el 29 de mayo. Esta última emisión corresponde a la devolución  por la vía del cheque, por lo que entre el 4 y el 6 de junio debieran tener su devolución todos aquellos que no eligieron la opción de transferencia electrónica y no indicaron una cuenta.

Calendario Devoluciones Operación Renta 2015 
Si usted solicita devolución entre estas fechas:     Depósito bancario     Envío de cheque
1 de abril al 16 de abril     Miércoles 13 de mayo     Viernes 29 de mayo
17 de abril al 27 de abril     Martes 19 de mayo     Viernes 29 de mayo
28 de abril al 8 de mayo     Jueves 28 de mayo     Viernes 29 de mayo








Medidas especiales para zonas de catástrofe en el norte

Al igual que en situaciones de similar magnitud ocurridas en años anteriores, el SII y la Tesorería han dispuesto una serie de medidas orientadas a aliviar el cumplimiento de las obligaciones tributarias de los contribuyentes de las zonas afectadas por las inundaciones y aluviones. Entre éstas destacan:

    Ampliación hasta el 6 de abril del plazo para la entrega de Declaraciones Juradas de Renta que debían presentarse entre el 24 y 31 de marzo, para los contribuyentes con domicilio en las regiones de Antofagasta, Atacama y Coquimbo.
    Ampliación del plazo de presentación de la declaración de renta desde el 16 hasta el 27 de abril para los contribuyentes con domicilio en las Regiones decretadas de catástrofe, que corresponden a la Región de Atacama y las comunas de Antofagasta y Taltal, de modo que si optan por depósito en cuenta bancaria, la Tesorería pueda realizar la devolución en forma anticipada en los primeros depósitos programados para el 13 de mayo.
    En caso que los contribuyentes no puedan cumplir con sus obligaciones dentro de los plazos legales, igualmente se aplicarán medidas a nivel regional de acuerdo a la normativa vigente, lo que se evaluará caso a caso (condonación de multas, mayores plazos para responder fiscalizaciones, revisión de sanciones de clausura, etc.).
    Cabe señalar que, adicionalmente, para el caso del Impuesto al Valor Agregado se evalúa la ampliación del plazo de declaración hasta el 30 de Abril para las operaciones gravadas del mes de marzo, lo que regiría solamente para las comunas decretadas como zona de catástrofe.
    

Cotización previsional obligatoria de independientes y rebaja de gastos educacionales

Esta será la última Operación Renta en la que los trabajadores independientes podrán renunciar a cotizar para el sistema de pensiones y accidentes del trabajo, según la norma legal vigente. Por ello se recuerda que si el contribuyente desea expresar su voluntad de no cotizar, debe hacerlo en sii.cl antes de la presentación de su Declaración.

Si tiene rentas, pero no está obligado a presentar Declaración Anual, la renuncia se puede hacer por la misma vía hasta el 30 de abril.

Hasta la fecha se han recibido cerca de 320 mil renuncias a cotizar en esta Operación Renta 2015.

En cuanto a la rebaja de impuestos de los gastos relacionados con la educación, para este año el beneficio será de $108.359 (4,4 UF) anuales por cada hijo, el que se divide en partes iguales, entre ambos padres. Para acogerse a este beneficio, se deben cumplir los siguientes requisitos:

    El padre y/o la madre deben haber tenido una renta mensual superior a $583.000, o bien una renta anual superior a $6.998.076, lo que los hace contribuyentes del Impuesto Único de Segunda Categoría o del Impuesto Global Complementario.
    La suma anual de las rentas totales del padre y de la madre no debe exceder de la cantidad equivalente a 792 UF ($19.504.663). Si en conjunto exceden de dicha cantidad, ninguno de ellos tendrá derecho a la citada rebaja.
    Los hijos deben ser menores de 25 años al 31 de diciembre de 2014.
    Los hijos deben estar matriculados en una institución de enseñanza pre escolar, básica, diferencial y/o media, reconocida por el Estado, y tener un mínimo de asistencia del 85% (o menor cuando exista algún impedimento justificado o en casos de fuerza mayor).

Efecto Reforma Tributaria

Para la mayor parte de las personas naturales que son trabajadores asalariados o independientes y que tributan en Segunda Categoría, la Reforma Tributaria no implica ningún cambio relevante en relación con el año pasado. Eso sí, los interesados podrán invocar los beneficios del nuevo art. 54 Bis de la Ley que establece un régimen especial de tributación sobre los intereses y otras rentabilidades originados en ciertos instrumentos financieros.

Sin embargo, en el caso de las empresas sí se presentan novedades para este año tributario. Por ejemplo:

    El aumento del 20% al 21% en la tasa del Impuesto de Primera Categoría aprobado en la Reforma, con vigencia por todo el año comercial 2014. Lo anterior, podría producir como efecto para algunos contribuyentes que los Pagos Provisionales Mensuales (PPM) que se constituyeron a lo largo del año no van a ser suficientes para provisionar el total del impuesto correspondiente, por lo que es previsible que se genere un pago adicional para saldar la diferencia.
    En el caso de los pequeños contribuyentes, la posibilidad de hacer uso de la depreciación en 1 año, incluso para los bienes usados cumplidos ciertos requisitos, por las compras e inversiones realizadas a contar del 1° de octubre de 2014. Asimismo, se incluye la posibilidad de eximir del Impuesto Adicional a la renta a las sumas pagadas al extranjero respecto de servicios de software y similares.
    El aumento transitorio de la tasa de crédito por inversiones en activo fijo (33 bis) efectuadas a contar del 1° de octubre de 2014 y hasta el 1° de octubre de 2015. Dicha norma transitoria considera una  tasa de crédito más alta que la establecida en la norma permanente, que va desde un 4% hasta un 8%, (según el promedio de ingresos obtenido por el contribuyente durante los últimos 3 años) del valor de los bienes físicos del activo inmovilizado, adquiridos nuevos, o terminados de construir o que tomen en arrendamiento con opción de compra, durante dicho período.
    También para tales contribuyentes pequeños destaca el nuevo régimen del artículo 14 Ter al cual podrán optar hasta el 30 de abril del presente año si desean acoger las rentas del año comercial 2015. Para este efecto, se ha dispuesto el formulario electrónico N° 3264 que ya se encuentra disponible en la página del SII y que, además, aparecerá como opción al momento de realizar la declaración de renta del interesado.
     Destacan también los procedimientos voluntarios para pagar impuestos sustitutivos en reemplazo de los tributos generales de la Ley de la Renta. El primero, para los saldos de FUT que se tenían al 31 de Diciembre de 2014, y el segundo, para los retiros en exceso a esa misma fecha siempre que se hubieran efectuado con anterioridad al 31 de diciembre de 2013 y, finalmente, el régimen relativo a la declaración los bienes y rentas en el exterior con una tasa de 8%.

Para facilitar la presentación de la Declaración de Renta 2015 para las empresas, en una página contenida en la navegación del sitio web se muestra la información que posee el SII. Allí aparecerán, por ejemplo, datos respecto del Fondo de Utilidades Tributables (FUT) y Créditos contra el Impuesto de Primera Categoría, entre otros, que pueden ser utilizados para la correcta confección de la declaración.  Es importante que las empresas declaren todos sus ingresos, no solamente aquellos que son respaldados en boletas o facturas.



Acciones para mejorar la calidad de la información

Anticipándose a los cambios introducidos por la Reforma Tributaria y considerando que la información en la participación de las sociedades será un elemento relevante para el correcto control de las rentas que deban atribuirse, a partir de la Operación Renta 2015 el SII se encuentra elaborando un plan de actualización de esta información con la finalidad de ratificar y precisar los antecedentes con que cuenta sobre la materia.

Por dicha razón, cuando los contribuyentes personas naturales ingresen a presentar su declaración de renta se les mostrará la información existente en el SII, para que la validen si es correcta y posteriormente la complementen en caso que sea necesario. Es importante señalar que la posible existencia de diferencias de información no dará lugar a sanciones, sin perjuicio de que en una segunda etapa el SII invitará a regularizar las brechas de información que resulten del estudio de esta actividad.

Asimismo, a partir de la declaración de renta del presente año se deberán declarar por separado las rentas obtenidas mediante contabilidades o registros simplificados provenientes de sociedades en las que los contribuyentes poseen participación, de aquellas provenientes de su actividad de empresarios individuales o el arriendo de bienes tales como departamentos, parcelas y casas.



Fiscalización de las declaraciones aplicando nuevo modelo

Hay que considerar que después del IVA el Impuesto a la Renta es el que mayores recursos proporciona a las arcas fiscales, llegando el año pasado a un monto superior a los 9,3 billones de pesos, lo que representa del orden del 38% de los ingresos tributarios.

Sin embargo, los últimos estudios sobre nivel de cumplimiento para este impuesto sitúan la tasa de evasión en una cifra superior al 40%. Por esta razón, el SII reitera su llamado a los contribuyentes a declarar todos sus ingresos, sin omitir ninguno, ya que como consecuencia de la aplicación de su nuevo modelo de fiscalización habrá un control exhaustivo sobre diferentes materias.

Así, junto a los casos ya anunciados hace unas semanas relativos al uso indebido de boletas de honorarios, facturas, instrumentos derivados y pérdidas artificiales que pudieren haber dado lugar a devoluciones o ventajas indebidas, durante el presente año se aplicarán estrategias de riesgo que tienen una mirada amplia del comportamiento de la persona o empresa.

Por el lado de las personas naturales, la estrategia considera una mirada integral sobre diferentes operaciones basadas en instrumentos financieros tales como futuros y pactos de retro-compra, uso de paraísos tributarios, diferimiento indebido de la tributación de las rentas de fuente extranjera, uso indebido de bienes registrados a nombre de empresas chilenas o fundaciones extranjeras, la omisión reiterada de ingresos profesionales y el uso desproporcionado de gastos de vida a nombre de sociedades, todos los cuales pueden evidenciar el uso de una planificación tributaria agresiva.

Por el lado de las empresas, se contempla una mirada integral de diferentes comportamientos que, si bien considerados individualmente pueden no ser representativos de grandes riesgos, al analizarlos en su conjunto resultan en complejas planificaciones tributarias que lesionan la base imponible nacional originando pérdidas de recaudación de carácter permanente. Ello puede ocurrir en los casos de los instrumentos financieros ya mencionados, como así también en el pago de sumas al extranjero que se alejan del comportamiento normal que puede observarse en un segmento o grupo de contribuyentes de referencia, o en el uso de mecanismos de dilución y generación de pérdidas de capital. Este año habrá un énfasis mayor en lo que se denomina fiscalización internacional, con un acento especial en los pagos a paraísos tributarios, pagos por beneficios empresariales liberados de impuesto, y el uso excesivo de carga financiera, regalías y asesorías basada en acuerdos intra-grupo.

Asimismo se fortalecerán los controles a los créditos incluidos en el registro FUT mediante la incorporación de algoritmos informáticos que consideran los impuestos históricos pagados por el contribuyente, los créditos invocados y aquellos de empresas relacionadas. También se están incluyendo elementos de selección basados en criterios de riesgos cualitativos para las declaraciones que registren pérdida tributaria.

Estas actividades consideran un fortalecimiento progresivo y sistemático de la colaboración con otras administraciones tributarias en el marco de trabajo promovido por la OCDE y otros organismos similares en lo que ha denominado Plan de acción contra BEPS (Erosión de la base tributaria y el traslado artificial de beneficios).


Niveles de Asistencia para Declaración de Renta 2015

Con el fin de asegurar un buen desarrollo del proceso de Declaración Renta de este año, se realizan diversas actividades de asistencia destinadas a los contribuyentes, las que consisten en acciones regulares ya establecidas, más otras complementarias.

En términos generales, se destaca para 2015 la existencia del Portal de Renta con los siguientes temas de interés:

     Solicitud Inscripción Artículo14 ter
    Cotizaciones previsionales
    Devolución de crédito por gastos en educación

 El Portal de Renta se encuentra disponible desde el 26 de marzo.

Además, el SII habilita lugares de acceso masivo de público (tales como centros comerciales, municipios, plazas, bibliotecas, Oficinas Móviles del SII, entre otros). Allí se atenderá a  contribuyentes, que serán asistidos por funcionarios del SII. Además, en algunas oficinas del SII se establecerán días y horarios especiales para incrementar los niveles de asistencia. Todo el detalle de esta información estará disponible en el Portal de Renta.

También se efectuará nuevamente la “Semana Declare Fácil”, desde el lunes 6 al miércoles 15 de abril, período durante el cual se intensifican las acciones de asistencia al Contribuyente.
 
fuente: SII

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