A fines del mes de febrero el organismo fiscalizador envió a todos los sostenedores de colegios municipales y particulares subvencionados...
A
fines del mes de febrero el organismo fiscalizador envió a todos los
sostenedores de colegios municipales y particulares subvencionados, la
actualización de la Circular Nº1, que estandariza, clarifica y entrega
instrucciones precisas en lo relativo a la normativa educacional.
Para
esta oportunidad, el documento destacó la prohibición de devolver a un
estudiante a su hogar como medida de castigo, y a su vez, exigir u
obligar la compra de determinados útiles escolares.
La
directora regional del servicio, Ana Victoria Ahumada, señaló que “si
bien los establecimientos tienen conocimiento de la situación
mencionada, es necesario recalcar que no se puede regresar a un alumno a
su hogar por temas de atrasos, incumplimientos de compromisos
económicos del apoderado, no presentación del apoderado ante una
citación del colegio, incumplimiento de tareas escolares, uniforme
escolar incompleto o inadecuado, falta de útiles escolares o falta de
equipo de gimnasia u otras situaciones similares”.
Junto
a ello, el documento invita a los colegios a poner especial cuidado con
el Registro de Inhabilidades para desempeñar labores con menores de
edad.
“La
idea es que los sostenedores y/o directores puedan hacer un chequeo al
inicio del año escolar y antes del inicio de las vacaciones de invierno
al personal contratado y que se relaciona directamente con alumnos al
interior de los planteles educativos. Con ello estamos protegiendo la
integridad de nuestros estudiantes, tanto física como psicológica, para
así evitar que se vean afectados a situaciones riesgosas”, aclaró
Ahumada.
Referente
a la petición de útiles escolares, según se consigna en la circular,
los colegios no pueden obligar la compra de determinadas marcas o
solicitar la adquisición en un determinado local comercial.
“Hemos
reiterado en varias ocasiones que no se pueden pedir insumos de
limpieza o materiales de oficina. A ello sumamos que si algún
establecimiento educacional quiere agregar textos escolares
alternativos, tiene que existir el correspondiente fundamento
pedagógico. Es por ello que invitamos, al igual que el año pasado, a que
cada director y sostenedor se interiorice de la circular Nº1, que es
una importante herramienta de trabajo al interior de sus
establecimientos”, dijo.
Al
finalizar, la directora precisó que frente a situaciones de embarazos y
maternidad en etapa escolar, en ningún caso constituirán impedimento
para ingresar y permanecer en los establecimientos educacionales de
cualquier nivel.
“Los
colegios deben otorgar a las alumnas las facilidades académicas y
administrativas, además se insta a los establecimientos a que trabajen
en un Protocolo de retención de estudiantes embarazadas, madres y padres
adolescentes”, agregó.
No hay comentarios.