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Llaman a comunidad escolar de los rios a conocer la circular Nº 1 de la superintendencia de educacion

A fines del mes de febrero el organismo fiscalizador envió a todos los sostenedores de colegios municipales y particulares subvencionados...

A fines del mes de febrero el organismo fiscalizador envió a todos los sostenedores de colegios municipales y particulares subvencionados, la actualización de la Circular  Nº1, que estandariza, clarifica y entrega instrucciones precisas en lo relativo a la normativa educacional.

Para esta oportunidad, el documento destacó la prohibición de devolver a un estudiante a su hogar como medida de castigo, y a su vez, exigir u obligar la compra de determinados útiles escolares.  

La directora regional del servicio, Ana Victoria Ahumada, señaló que “si bien los establecimientos tienen conocimiento de la situación mencionada, es necesario recalcar que no se puede regresar a un alumno a su hogar por temas de atrasos, incumplimientos de compromisos económicos del apoderado, no presentación del apoderado ante una citación del colegio, incumplimiento de tareas escolares, uniforme escolar incompleto o inadecuado, falta de útiles escolares o falta de equipo de gimnasia u otras situaciones similares”.


Junto a ello, el documento invita a los colegios a poner especial cuidado con el Registro de  Inhabilidades para desempeñar labores con menores de edad.

“La idea es que los sostenedores y/o directores puedan hacer un chequeo al inicio del año escolar y antes del inicio de las vacaciones de invierno al personal contratado y que se relaciona directamente con alumnos al interior de los planteles educativos. Con ello estamos protegiendo la integridad de nuestros estudiantes, tanto física como psicológica, para así evitar que se vean afectados a situaciones riesgosas”, aclaró Ahumada.

Referente a la petición de útiles escolares, según se consigna en la circular, los colegios no pueden obligar la compra de determinadas marcas o solicitar la adquisición en un determinado local comercial.

“Hemos reiterado en varias ocasiones que no se pueden pedir insumos de limpieza o materiales de oficina. A ello sumamos que si algún establecimiento educacional quiere agregar textos escolares alternativos, tiene que existir el correspondiente fundamento pedagógico. Es por ello que invitamos, al igual que el año pasado, a que cada director y sostenedor se interiorice de la circular Nº1, que es una importante herramienta de trabajo al interior de sus establecimientos”, dijo.

Al finalizar, la directora precisó que frente a situaciones de embarazos y maternidad en etapa escolar, en ningún caso constituirán impedimento para ingresar y permanecer en los establecimientos educacionales de cualquier nivel.

“Los colegios deben otorgar a las alumnas las facilidades académicas y administrativas,  además se insta a los establecimientos a que trabajen en un Protocolo de retención de estudiantes embarazadas, madres y padres adolescentes”, agregó.

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