El Juzgado de Letras del Trabajo de Osorno acogió hoy -miércoles 7 de junio- la denuncia de tutela laboral interpuesta en contra de l...
El
Juzgado de Letras del Trabajo de Osorno acogió hoy -miércoles 7 de
junio- la denuncia de tutela laboral interpuesta en contra de la
Municipalidad de Osorno por Juan Carlos Velásquez Mancilla, funcionario
que por más de 32 años se desempeñó en la casa edilicia y que ejerció el
cargo de concejal, tras lo cual fue desvinculado, decisión que “estuvo
fundada en motivos de opinión política, alterando su empleador de esta
forma la igualdad de trato en el empleo”, sostiene el fallo.
El
fallo (causa rol 8-2017), dictado por el magistrado Hernan Valdevenito
Carrasco, acogió la acción judicial presentada por Velásquez Mancilla,
ordenado a la Municipalidad de Osorno pagar una indemnización cercana a
los 14 millones de pesos, más reajustes e intereses, tras conocer la
prueba testimonial y documental de ambas partes y establecer que el
despido del demandante se realizó con infracción a la ley, vulnerando su
derecho de igualdad y no discriminación.
“Que,
atendido el mérito de los argumentos esgrimidos, en el caso de autos el
trabajador, apoyado por la regla de los indicios que sólo lo obligan a
corroborar la posible existencia de un clima vulneratorio de su derecho a
la igualdad y no discriminación en el empleo, ha logrado demostrar la
discriminación indirecta de que fue víctima al habérsele excluido de su
cargo que detentaba por una medida o decisión aparentemente neutra
(causal de despido Necesidades de la empresa), pero en los hechos estuvo
fundada en motivos de opinión política, alterando su empleador de esta
forma la igualdad de trato en el empleo”, expresa la resolución.
Agregando
que “consecuentemente, se dará lugar a la denuncia por vulneración de
derechos fundamentales por discriminación política interpuesta por el
actor y, por ende, habiendo resultando improcedente la causal de despido
invocada para desvincular al actor, se procederá condenar a la
demandada a pagar el 30% de la indemnización por años de servicios (…)”.
Por
lo tanto, concluye el fallo: “se acoge, la denuncia de tutela de
derechos fundamentales deducida por don Juan Carlos Velásquez Mancilla
y, en consecuencia, se condena a la Ilustre Municipalidad de Osorno,
Corporación Edilicia de Derecho Público, representada legalmente por su
alcalde, don Jaime Alberto Bertín Valenzuela, declarándose que el
empleador lesionó el derecho fundamental del trabajador de igualdad y no
discriminación y, consecuencialmente, su derecho a la libertad de
trabajo con ocasión de su despido, al ser éste un acto discriminatorio
fundado en razones de opinión política, debiendo condenarse a la
demandada únicamente al pago de las siguientes prestaciones,
rechazándose en lo demás:
1.-
Incremento legal establecido en el artículo 168 letra a), equivalente a
un 30% de incremento respecto de la indemnización por años de servicio,
equivalente a la cantidad de $3.162.218.- (tres millones ciento sesenta
y dos mil doscientos dieciocho pesos).
2.-
Por indemnización adicional del artículo 489 del Código del Trabajo, 11
remuneraciones mensuales, teniéndose como base de cálculo para dicho
efecto la última remuneración percibida por el actor, lo que asciende a
la suma de $10.540.728.- (diez millones quinientos cuarenta mil
setecientos veintiocho pesos)”.
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