La ministra en visita en causas de derechos humanos, Emma Díaz Yévenes, dictó sentencia en la investigación que sustancia por el del...
La
ministra en visita en causas de derechos humanos, Emma Díaz Yévenes,
dictó sentencia en la investigación que sustancia por el delito de
lesiones graves con resultado de muerte de Sebastián Rodrigo Rivas
Ovalle, ilícito perpetrado el 15 de diciembre de 1989, durante una
manifestación realizada en el marco del triunfo de Patricio Aylwin como
Presidente de Chile.
En
la resolución (causa rol 2-2011), la ministra instructora absolvió a
Francisco Javier Castro Leyton, René Sebastián Soto Cona, José Rodolfo
Solano Opazo, Marco Alfonso Carrasco Lagos y a Exequiel Andrade
Arriagada-miembros activos y en retiro de Carabineros de Chile- y aplicó
la figura de la prescripción de la acción penal, al considerar que el
delito no corresponde a un crimen de lesa humanidad.
“A
juicio de esta sentenciadora y, dada la descripción del hecho
investigado en autos establecido en el motivo segundo de esta sentencia,
no concurren en la especie las condiciones para que se considere como
un delito de lesa humanidad. En efecto, en el hecho existía una
movilización de la población civil, celebrando la elección de un
presidente democrático y la intervención de Carabineros tenía como
objeto garantizar la tranquilidad social y no se trataba de un ataque
generalizado y sistemático contra la población, como tampoco respondía a
una política de Estado o de sus agentes, que detentaran un poder de
hecho tal que favoreciera la impunidad de sus actos", sostiene el fallo.
La
resolución que agrega: "esta sentenciadora considera que los hechos
configuran lo que en la doctrinase denomina delito preterintencional,
esto es, aquellos casos en que se realiza dolosamente un hecho
delictivo, a consecuencia del cual resulta otro hecho delictivo más
grave, que no fue previsto por el agente, que se presenta entre otros
casos cuando hay dolo de lesiones y resultado de muerte".
Por
tanto, el fallo señala que “se absuelve a Francisco Javier Castro
Leyton, René Sebastián Soto Cona, Exequiel Andrade Arriagada, Marco
Alfonso Carrasco Lagos y a José Rodolfo Solano Opazo de la acusación
deducida en su contra como autores del delito de lesiones graves con
resultado de muerte de Sebastián Rivas Ovalle, ocurrido en Valdivia el
15 de diciembre de 1989, por encontrarse prescrita la acción penal….”
Los hechos
El
15 de diciembre de 1989, en manifestaciones realizadas con ocasión del
triunfo de Patricio Aylwin como Presidente de Chile, un grupo de
manifestantes -que portaban banderas y carteles alusivos a las
elecciones- se reunió en calle Picarte para luego trasladarse frente al
Batallón Logístico. Alrededor de la 01.00 de la madrugada, llegó un bus
de Carabineros del cual bajaron un oficial y otros Carabineros,
procediendo estos a repeler y atacar a los manifestantes con sus
bastones de servicio, a raíz de lo cual Sebastián Rodrigo Rivas
Ovalle, resultó con lesiones, por lo que fue traslado por algunos de
los manifestantes hasta su domicilio, lugar desde el cual fue llevado al
hospital de Valdivia, lugar donde falleció producto de una contusión
meningo-encefálica.
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