El
Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Osorno condenó hoy –miércoles 25
de noviembre– a R.A.V.T., como autor del delito consumado y reiterado
de estupro de una menor edad, ilícito perpetrado desde fecha
indeterminada hasta fines de 2014, en Entrelagos.
En
fallo unánime (causa rol 126-2015), el tribunal –integrado por los
magistrados Marcelo Reuse (presidente), Edmundo Moller y Héctor Hinojosa
(redactor)– aplicó, además, a R.A.V.T. las penas accesorias de
prohibición “del derecho de ejercer la guarda y de ser oído como
pariente en los casos que la ley designa, y de sujeción a la vigilancia
de la autoridad durante los diez años siguientes al cumplimiento de la
pena principal, sujeción que consistirá en informar el condenado a
Carabineros cada tres meses su domicilio actual, una vez que recupere su
libertad”.
Asimismo,
el tribunal dispuso para el condenado “la pena accesoria de
inhabilitación absoluta temporal en su grado máximo de diez años para
cargos, oficios o profesiones ejercidos en ámbitos educacionales o que
involucren una relación directa y habitual con personas menores de edad y
la del artículo 371 inciso 2°, esto es, la inhabilitación especial
perpetua para ejercer el cargo u oficio de maestro o encargado en
cualquier manera de la educación o dirección de la juventud”.
“Que
tal como lo dispone el artículo 15 bis de la ley 18.216, el encausado
por el delito de ESTUPRO REITERADO y cumpliendo con las exigencias del
mismo artículo 15 bis de la ley 20.603 en sus letras “a” y “b” y su
remisión al artículo 15 en lo pertinente, y el informe favorable N°
3189-2015 de fecha 24 de noviembre de 2015, del Jefe del Centro de
Reinserción Social de Osorno, donde se recomienda al condenado R.A.V.T
para la pena sustitutiva de Libertad Vigilada Intensiva, se le concederá
la sustitución de la pena efectiva por la de Libertad Vigilada
Intensiva”, concluye.
La resolución puede ser recurrida dentro del plazo legal, ante la Corte de Apelaciones de Valdivia
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