Chile rechaza extradición de ciudadanos condenados por la muerte de franceses durante la dictadura

Una jueza del país sudamericano desestimó extraditar a diez chilenos condenados en ausencia por crímenes durante la dictadura de Pinoc...

Imagen sin fechar de Salvador Allende (derecha) junto a Augusto Pinochet.
Una jueza del país sudamericano desestimó extraditar a diez chilenos condenados en ausencia por crímenes durante la dictadura de Pinochet al considerar que son los tribunales chilenos los que deben juzgar los ilícitos por los que se requiere la extradición. Todos habían sido condenados en 2010 por el Tribunal en lo Criminal de París a penas que iban de 15 años de prisión a cadena perpetua por el asesinato de franceses.

"Es a los tribunales chilenos a quienes corresponde conocer y juzgar los ilícitos por los que se requiere la extradición, dado que se trata de hechos acaecidos a partir del 11 de septiembre de 1973 y cuyo principio de ejecución se sitúa dentro del territorio de nuestro país", dictaminó jueza Rosa María Maggi.
La decisión de la magistrada, que trascendió este lunes, implica que no es procedente extraditar a los oficiales retirados Luis Ramírez Pineda, Emilio Sandoval Poo, Basclay Zapata Reyes, Manuel Contreras Sepúlveda, Pedro Espinoza Bravo, Gerardo Godoy García, Raúl Iturriaga Neumann, Miguel Krassnoff Martchentko, Marcelo Moren Brito y Rafael Ahumada Valderrama. Herman Brady y Enrique Arancibi Clavel, que también habían sido condenados, fallecieron después de su sentencia.
Los oficiales chilenos fueron condenados en diciembre de 2010 por un el Tribunal en lo Criminal de París por la muerte de los franceses Georges Klein, consejero del difunto presidente chileno Salvador Allende; el ex sacerdote Etienne Pesle, que trabajaba en la reforma agraria y Alphonse Chanfreau, dirigente del Movimiento de Izquierda Revolucionaria (MIR) desaparecieron en Chile entre 1973 y 1975. Jean Yves Claude, militante del MIR, desapareció en Buenos Aires.

En su fallo, la jueza Maggi sostiene que es a tribunales chilenos "a quienes incumbe prioritariamente el conocimiento y fallo de los hechos por los que se formula el requerimiento, existiendo en la actualidad en Chile una multiplicidad de procedimientos orientados a determinar la existencia de violaciones a los derechos fundamentales e identificar a sus responsables".

El fallo de la jueza Maggi puede ser apelado ante la Sala penal de la Corte Suprema de Chile.

fuente: RFI

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