Decreto 404/2012 Ministerio de Educación DECLARA MONUMENTO NACIONAL EN LA CATEGORÍA DE MONUMENTO HISTÓRICO LA "CASA FURNIEL&q...
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 | Núm. 404.- Santiago, 24 de septiembre de 2012.- Considerando: |  |
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| Que, el Consejo de Monumentos Nacionales recibió la solicitud de parte de la Ilustre Municipalidad de Río Bueno, a través de su Alcalde don Luis Reyes Álvarez y de doña Blanca Garretón Correa, Coordinadora de la Comisión Asesora de Monumentos Nacionales de la Región de Los Ríos, para declarar como monumento nacional en la categoría de monumento histórico la "Casa Furniel", ubicada en la calle Esmeralda esquina Comercio de la comuna de Río Bueno, provincia del Ranco, Región de Los Ríos; |  |
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| Que el citado inmueble corresponde a una antigua mansión o casona, construida a comienzos del siglo XX, de propiedad del señor José María Furniel (Fournier) Ríos. Es una vivienda de tres niveles, planta compacta en forma de L con distribución a doble crujía y cubierta a dos aguas con fuerte pendiente, desde la que sobresale una torre con aguja. Fue construida en madera con revestimiento exterior metálico, y su interior, pisos, revestimientos y terminaciones son de madera; |  |
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| Habría sido construida por Martín Ohaco Rehbein, constructor vasco contratado por colonos vasco-franceses establecidos en el sector de Trumao, para la edificación de bodegas y hosterías en los sectores de La Unión y Río Bueno. A este constructor se le atribuyen otras construcciones emblemáticas de Río Bueno, tales como la Casa Rehbein, la Casa Viertel y el Club Alemán Antiguo, todas construcciones ya desaparecidas; |  |
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| En 1966 la casa fue vendida a la Ilustre Municipalidad de Río Bueno por don José María Furniel Peters, y a partir de 1981 sus dependencias fueron utilizadas como Liceo de Río Bueno, paulatinamente se incorporaron oficinas públicas, como juzgado y biblioteca, siendo en la actualidad utilizada como edificio de servicios municipales y público
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| Los valores en que se apoya esta declaratoria son los siguientes: |  |
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| a) Valor histórico: Se trata de uno de los ejemplos más representativos de la arquitectura desarrollada entre fines del siglo XIX y comienzos del XX, que aún subsisten en la zona. Se trata de una de las edificaciones más antiguas que se conservan en Río Bueno, siendo sólo superada en antigüedad por el Monumento Histórico Fuerte San Juan de Alcudia. Se trata de la residencia de mayor tamaño que se ha construido en Río Bueno, y probablemente la de mayor opulencia en cuanto a número y tamaño de sus recintos, calidad de su diseño, nobleza y calidad de materiales utilizados en su construcción y nivel de terminaciones, si bien muchas de las cuales ya no pueden ser apreciadas. El inmueble además refleja la estructura social y económica dentro del territorio de la comuna de Río Bueno a fines del siglo XIX y comienzos del XX. En ese período, grandes terratenientes (agricultores, comerciantes o industriales) se asentaron en la zona y desarrollaron sus actividades productivas dentro de la ciudad o en sus cercanías, manteniendo presencia en los centros poblados donde podían acceder a una mayor oferta de bienes y servicios. |  |
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| b) Valor arquitectónico constructivo y urbano: Es la representación de un modelo europeo de vivienda, llevado a cabo a partir de la realidad local. Se trata de una edificación de materiales nobles y terminaciones de gran calidad, muchas de las cuales, exteriores sobre todo, aún conservan (balaustradas, cubiertas, revestimientos, puertas, elementos de hojalatería, pilastras y frontones en vanos). Es un hito urbano dada su ubicación frente a la plaza de armas, en una de las esquinas más relevantes de Río Bueno. Presenta algunas características singulares, si se considera su programa de vivienda de acuerdo a su época y contexto geográfico, tales como la escala monumental de los dos espacios y los corredores exteriores perimetrales en el segundo nivel. |  |
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| c) Valor simbólico - social: Su presencia es parte fundamental tanto del paisaje urbano de la ciudad como de la conciencia colectiva de la comunidad, ya sea desde una aproximación más objetiva, considerando los antecedentes históricos y la presencia del inmueble por más de un siglo, o desde una perspectiva más bien fantástica, de acuerdo a los mitos que circulan alrededor de la casa. El inmueble ha albergado funciones públicas y educativas que han marcado la vida de la comunidad; |  |
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| Que la declaratoria de este monumento histórico ha sido apoyada también por la Intendencia Regional y vecinos de la comunidad, y |  |
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| Visto: Lo dispuesto en los artículos 32 Nº 6 y 35 de la Constitución Política de la República de Chile, cuyo texto refundido, coordinado y sistematizado fue fijado por el decreto supremo Nº 100 de 2005, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia; la ley Nº 17.288; el decreto supremo Nº 19, de 2001, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia de la República; el oficio Ord. Nº 3.140 de 03/08/2012 del Secretario Ejecutivo del Consejo de Monumentos Nacionales; el Acta de Sesión Ordinaria del Consejo de Monumentos Nacionales de 9 de mayo de 2012 (punto 18); carta del señor Luis Roberto Reyes, Alcalde de la comuna de Río Bueno de 06/01/2011; el oficio Ord. Nº 8 de la Coordinadora Comisión Asesora Monumentos Nacionales de la Región de Los Ríos de fecha 23/02/2011; declaración de apoyo del señor Juan Andrés Varas Braun, Intendente de la Región de Los Ríos, de fecha 03/01/2011; cartas de apoyo de fechas noviembre y diciembre de 2010 y listado de vecinos que apoyan solicitud de declaratoria de diciembre de 2010, y la resolución Nº 1.600, de 2008, de la Contraloría General de la República, |  |
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| Artículo único: Declárase Monumento Nacional en la categoría de Monumento Histórico la "Casa Furniel", ubicada en la calle Esmeralda esquina Comercio de la comuna de Río Bueno, provincia del Ranco, Región de Los Ríos. |  |
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| El área protegida tiene una superficie aproximada de 4.117, 45 m², como se grafica en el polígono con las letras A-B-C-D-E-F-G-A, del plano adjunto, que forma parte del presente decreto y cuyos límites son los siguientes: |  |
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