¿Cómo saber? - Si estoy habilitado/a para sufragar. - Mi Circunscripción
Electoral, Mesa y Local de votación. - Si fui designado/a Vocal de Mesa
o miembro del Colegio Escrutador.
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Transporte: ¿Cómo puedo movilizarme a mi lugar de votación?
Según
lo dispuesto hasta el 07 de abril del 2021, fecha en la cual se publicó
en el Diario Oficial el proyecto de reforma constitucional que postergó
las elecciones para el 15 y 16 de mayo la medida de disponer de
transporte público gratuito los días de votación ha quedado fuera, por
lo cual, salvo que el Ejecutivo determine lo contrario en las próximas
semanas, en estas elecciones no habrá transporte público gratuito.
listado recorridos
Ley
Seca: ¿Cuando hay ley seca? Comienza a las 05:00 hrs del sábado 15 y
termina el domingo 16 dos horas luego del cierre de las mesas.
¿Por
cuántos/as candidatos debo votar? Todo elector tendrá que realizar 4
votos: uno para Alcaldes o Alcaldesas, otro para Concejales, otro para
Gobernadores Regionales y otro voto para Convencionales Constituyentes.
Existirán 5 colores de papeletas, pero los electores votan en 4 de ellas, según les corresponda:
- Celeste: para la votación de Alcaldes.
- Blanca: para la votación de Concejales.
- Naranja: para Gobernadores Regionales.
- Beige: para Convencionales Constituyentes Generales.
- Verde: para Convencionales Constituyentes de Pueblos Indígenas (si corresponde y el elector lo solicita).
Los electores deben marcar una preferencia en cada papeleta.
¿Puedo votar con mi cédula de identidad vencida?
Los
electores podrán identificarse y sufragar con las cédulas nacional de
identidad o cédulas de identidad para extranjeros que hayan vencido
durante los años 2020 y 2021.
Ciudadanas y ciudadanos chilenos podrán sufragar también con su pasaporte.
Los
electores adultos mayores de 60 años, mujeres embarazadas, personas que
tengan algún tipo de discapacidad, y electores que requieran ser
asistidos en el ejercicio de su sufragio tendrán trato preferente para
votar durante todo el proceso de votación.
Durante
los días 15 y 16 de mayo existirá una autorización general de
desplazamiento que permite desplazarse entre el domicilio y el local de
votación, contando siempre y en todo momento con su cédula de identidad.
En caso de fiscalización se debe informar la dirección del
local al que se dirige o del cual retorna. Dicha autorización es válida
desde el horario de apertura hasta el cierre de los locales de votación,
y no faculta a realizar otras actividades, como compras, en el
trayecto.
Para sufragar NO es necesario solicitar un permiso especial en Comisaría Virtual.
El
elector deberá llevar su propio lápiz pasta azul para firmar el padrón
de mesa y votar. Si el elector no llevase su propio lápiz pasta azul, la
mesa receptora de sufragios contará con lápices para facilitarle, los
que serán higienizados entre cada uso.
Se
establece la distancia física de, al menos, un metro. Esto en filas
fuera y dentro de los locales de votación, entre los vocales, apoderados
y personal con rol electoral.
Uso
obligatorio de mascarillas (propias, no provistas por Servel) para todos
los electores, apoderados, medios de comunicación y quienes no cumplan
roles o funciones electorales. Las mascarillas no podrán contener
propaganda o mensajes relacionados con candidatos, pactos, listas o
partidos políticos. El Servel hará entrega de mascarillas y elementos de
protección personal a todos quienes desarrollen labores electorales.
Los
electores deberán ingresar a los locales de votación, a menos que
requieran de asistencia para votar (personas con discapacidad o adultos
mayores con problemas de movilidad), así como personas que deban ir
acompañados por un niño, niña o adolescente por causa de fuerza mayor.
Las
filas en las mesas receptoras de sufragios podrán contar con un máximo
de 10 electores, tanto en espacios abiertos como cerrados, los que entre
sí deberán mantener una distancia física de a lo menos un metro.
El
aforo máximo de un local de votación será el número de mesas receptoras
de sufragios que tiene en su interior multiplicado por 10.
a) Proceso Constituyente
3. 15 y 16 de Mayo: ¿Qué se juega en estas elecciones?, ¿cómo saber más de los candidatos y candidatas?
El
Acuerdo por la Paz y una Nueva Constitución es un pacto alcanzado por
un amplio espectro de partidos políticos que surgió en respuesta a las
movilizaciones sociales de octubre de 2019. En él, los partidos
firmantes comprometieron su voluntad de aprobar reformas
constitucionales y legales que permitieran el reemplazo total del texto
constitucional de 1980
La Ley 21.200 es la ley de reforma
constitucional que establece el itinerario y condiciones para el
reemplazo total del texto constitucional de 1980. En lo medular, esta
reforma viene a concretar los aspectos centrales trazados en El Acuerdo
por la Paz.
La instalación de la convención constituyente será en
junio o julio del 2021. Entre 9 a 12 meses después la convención
aprueba un nuevo texto constitucional. Aproximadamente en el mes de
septiembre de 2022 se deberá realizar el Plebiscito Constitucional o
plebiscito de salida -de sufragio obligatorio- para aprobar o rechazar
el nuevo texto constitucional.
La Convención Constitucional
estará integrada por 155 ciudadanos y ciudadanas elegidos por votación
popular considerando los distritos electorales establecidos en las
elecciones de diputados con el mismo número de elegidos por territorio.
La
Convención deberá elegir a un presidente o presidenta y a un
vicepresidente o vicepresidenta por mayoría absoluta de sus miembros en
ejercicio en su primera sesión.
También habrá una secretaría técnica.
¿Qué significa que haya escaños reservados para Pueblos Indígenas?
Los
escaños reservados para Pueblos Originarios son 17 escaños para los 10
pueblos reconocidos en la Ley 19.253, es decir, los pueblos Aymara,
Quechua, Chango, Atacameño, Colla, Diaguita, Rapa Nui, Mapuche, Kawésqar
y Yagán.
El voto por convencionales constituyentes
representantes de Pueblos Originarios podrá ser de acuerdo a su
autoidentificación (declaración que se debió hacer hasta el 25 de
febrero de 2021).
El día de elección se le entregará al elector una sola papeleta.
En
caso de requerir la papeleta correspondiente a Pueblos Originarios, se
le hará entrega sólo de la papeleta correspondiente al pueblo indígena
con el cual se auto identificó.
XP. Vamos por Chile
Unión Demócrata Independiente (UDI) Renovación Nacional (RN) Evopoli Partido Republicano
YB.
Lista del Apruebo
Democracia
Cristiana (DC) Partido por la Democracia (PPD) Partido Radical (PR)
Partido Socialista (PS) Partido Progresista (PRO) Partido Liberal de
Chile Partido Ciudadanos
YQ. Apruebo Dignidad
Revolución
Democrática (RD) Convergencia Social (CS) Partido Comunes Partido
Comunista (PC) Partido Igualdad (PI) Federación Regionalista Verde
Social (FRVS)
ZR. Partido de los Trabajadores Revolucionarios
Partido de los Trabajadores Revolucionarios
ZB. Partido Unión Patriótica
Partido Unión Patriótica (UPA)
YX. Ciudadanos Cristianos
Partido Conservador Cristiano Partido Nacional Ciudadano
XA. Partido Ecologista verde
Partido Ecologista Verde (PEV)
ZN. La Lista del Pueblo
independientes
XG. Partido Humanista
b) Gobernadores Regionales
En
febrero del 2018 se promulgó la ley que establece la elección directa
de gobernadores regionales, los cuales para ser electos deben contar con
la mayoría superior al 40% de los votos válidamente emitidos (sin
contar los nulos ni blancos). Si nadie lo consigue, habrá segunda vuelta
entre las dos primeras mayorías el 13 de junio de 2021.
Las y los gobernadores regionales pueden ser reelecto consecutivamente sólo para el período siguiente a su cargo.
Esto
significa que se termina la figura del intendente o intendenta (quienes
eran designados/as por el o la presidenta de turno) y en su reemplazo
se crea el cargo de delegado/a presidencial regional, quien es
representante inmediato/a del Presidente en cada región.
Está a
cargo de la coordinación, supervigilancia y fiscalización de los
servicios públicos que dependan o se relacionen con el Presidente de la
República a través de un Ministerio.
¿Cuáles son sus facultades?
El
gobernador o gobernadora regional está a cargo de liderar y presidir
por 4 años el Consejo Regional, organismo encargado de la administración
de cada región en miras de su desarrollo social, cultural y económico.
Además,
debe coordinarse con los demás órganos y servicios públicos, asignar
los recursos de los programas de inversión del Gobierno Regional, de los
programas de inversión sectorial de asignación regional y aquellos que
responden a transferencias de competencias que haga el Presidente/a de
la República, entre otras de sus funciones.
c) Alcaldes, Alcaldesas, Concejales y Concejalas
Las
elecciones municipales se realizan cada 4 años. Hubo elecciones en 2016
y la siguiente estaba estipulada para el 25 de octubre de 2020.
Sin embargo, debido a la pandemia del COVID-19 se aplazaron finalmente para el 15 y 16 de mayo de 2021
¿Cuándo asumen quienes salgan electos en las municipales de mayo?
Los
Alcaldes, Alcaldesas y Concejales que resulten electos asumirán sus
funciones a partir del 28 de junio de 2021 y sus cargos durarán hasta el
6 de diciembre de 2024.
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